ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS
IMPORTACION DE ANIMALES Y CARNE - EXCLUSIONES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
19-Jun-1992
Resumen:
OPERACIONES DE IMPORTACION DE ANIMALES Y CARNE DE LA ESPECIE BOVINA, SE EXCLUYEN DEL REGIMEN DE PERCEPCION ESTABLECIDO EN LA RESOLUCION GENERAL N° 3431.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 42 DE LA RESOLUCION GENERAL 4059/1995 DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA, B.O. 25/09/1995, PAGINA 15. VIGENCIA: SIN PERJUICIO DE LO ESTABLECIDO EN EL PARRAFO ANTERIOR, LOS IMPORTES PENDIENTES DE INGRESO, DE LAS RETENCIONES PRACTICADAS Y LOS PAGOS A CUENTA LIQUIDADOS DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES EMERGENTES DE LAS NORMAS CITADAS, DEBERAN SER INGRESADOS DE ACUERDO CON LOS PLAZOS Y FORMAS FIJADOS EN LAS MISMAS.