MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO
VALOR NOMINAL POR HORA
Resumen:
ESTABLECESE QUE PARA EL PERSONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, ORGANISMO DESCENTRALIZADO EN LA ORBITA DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA DEL MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, EL VALOR NOMINAL POR HORA EN CONCEPTO DE RETRIBUCION POR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS REQUERIDOS POR PARTICULARES EN TAREAS VINCULADAS CON LA FISCALIZACION PARA CERTIFICAR CALIDAD Y ESTADO SANITARIO FUERA DEL HORARIO OFICIAL O EN DIAS NO LABORABLES PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, SERA EXPRESADO EN UNIDADES RETRIBUTIVAS (UR), REGLAMENTADAS EN EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL HOMOLOGADO POR EL DECRETO N° 214 DEL 27 DE FEBRERO DE 2006 Y EN EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL PARA EL PERSONAL DEL REFERIDO SERVICIO NACIONAL, HOMOLOGADO POR EL DECRETO N° 40 DEL 25 DE ENERO DE 2007. ABROGASE LA RESOLUCION N° 654 DEL 25 DE JULIO DE 2011.