INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
Resolución 326/2024
RESFC-2024-326-APN-D#INCUCAI
Ciudad de Buenos Aires, 21/10/2024
VISTO el EX-2022-16595362-APN-INCUCAI#MS, la Ley N° 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, el Decreto Reglamentario N° 16/2019 y la Resolución N° 302/2024 del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI); y
CONSIDERANDO
Que, a través de la resolución citada en el Visto, se actualizaron los valores que el Organismo transfiere a las jurisdicciones en el marco de las políticas y programas financiados con recursos que integran el FONDO SOLIDARIO DE TRASPLANTES, previsto en los artículos 62 y 63 de la Ley N° 27.447.
Que, entre dichos valores, se incluyeron en el ANEXO III de la norma los costos relativos al financiamiento del PROGRAMA DE SUSTENTABILIDAD DE SERVICIOS DE TRASPLANTE EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, aprobado por las Resoluciones INCUCAI Nros. 177 y 325 de 2021.
Que la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS ESPECIALES advirtió que, por error involuntario, se omitieron incorporar rubros cubiertos por el financiamiento del mencionado FONDO SOLIDARIO, por lo que corresponde aprobar un nuevo anexo.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS y la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS ESPECIALES, han tomado intervención en el ámbito de sus respectivas incumbencias.
Que se actúa en uso de las facultades conferidas por el artículo 57, 59 inciso c) de la Ley Nº 27.447 y artículo 3 del Decreto Nº 16/2019.
Que la medida que se adopta se trató en reunión de DIRECTORIO de fecha 21 de octubre de 2024, conforme surge el texto del Acta N° 38.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el ANEXO III ((IF-2024-106507811-APN-INCUCAI#MS) de la Resolución INCUCAI N° 302/2024, correspondiente al financiamiento con recursos que integran el FONDO SOLIDARIO DE TRASPLANTES de los módulos establecidos en el PROGRAMA DE SUSTENTABILIDAD DE SERVICIOS DE TRASPLANTE EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS”, por el ANEXO III (IF-2024-114801200-APN-INCUCAI#MS), que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Las disposiciones establecidas en la presente resolución entrarán en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gabriela Hidalgo - Richard Malan - Carlos Soratti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)
ANEXO III
Módulos para la financiación de los costos variables de las prácticas efectuadas en establecimientos sanitarios públicos, a pacientes con cobertura pública exclusiva:
Requerimientos para la transferencia paciente APTO para el trasplante:
Requerimientos para la transferencia paciente NO APTO para el trasplante:
![](https://argentina.gob.ar./normativa/405584_res326incucai-Anexo-2_jpg/archivo)
![](https://argentina.gob.ar./normativa/405584_res326incucai-Anexo-3_jpg/archivo)
Requerimientos para la transferencia:
Requerimientos para la transferencia paciente APTO para el trasplante:
Requerimientos para la transferencia paciente NO APTO para el trasplante:
Requerimientos para la transferencia:
Requerimientos para la transferencia:
• Nota de solicitud de pago del módulo, 'nota de sustentabilidad” SINTRA firmada por la autoridad hospitalaria
• Informe de trasplante firmado por el equipo de trasplante
Resolución 326/2024
RESFC-2024-326-APN-D#INCUCAI
Ciudad de Buenos Aires, 21/10/2024
VISTO el EX-2022-16595362-APN-INCUCAI#MS, la Ley N° 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, el Decreto Reglamentario N° 16/2019 y la Resolución N° 302/2024 del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI); y
CONSIDERANDO
Que, a través de la resolución citada en el Visto, se actualizaron los valores que el Organismo transfiere a las jurisdicciones en el marco de las políticas y programas financiados con recursos que integran el FONDO SOLIDARIO DE TRASPLANTES, previsto en los artículos 62 y 63 de la Ley N° 27.447.
Que, entre dichos valores, se incluyeron en el ANEXO III de la norma los costos relativos al financiamiento del PROGRAMA DE SUSTENTABILIDAD DE SERVICIOS DE TRASPLANTE EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, aprobado por las Resoluciones INCUCAI Nros. 177 y 325 de 2021.
Que la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS ESPECIALES advirtió que, por error involuntario, se omitieron incorporar rubros cubiertos por el financiamiento del mencionado FONDO SOLIDARIO, por lo que corresponde aprobar un nuevo anexo.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS y la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS ESPECIALES, han tomado intervención en el ámbito de sus respectivas incumbencias.
Que se actúa en uso de las facultades conferidas por el artículo 57, 59 inciso c) de la Ley Nº 27.447 y artículo 3 del Decreto Nº 16/2019.
Que la medida que se adopta se trató en reunión de DIRECTORIO de fecha 21 de octubre de 2024, conforme surge el texto del Acta N° 38.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el ANEXO III ((IF-2024-106507811-APN-INCUCAI#MS) de la Resolución INCUCAI N° 302/2024, correspondiente al financiamiento con recursos que integran el FONDO SOLIDARIO DE TRASPLANTES de los módulos establecidos en el PROGRAMA DE SUSTENTABILIDAD DE SERVICIOS DE TRASPLANTE EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS”, por el ANEXO III (IF-2024-114801200-APN-INCUCAI#MS), que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Las disposiciones establecidas en la presente resolución entrarán en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gabriela Hidalgo - Richard Malan - Carlos Soratti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/10/2024 N° 74782/24 v. 23/10/2024
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)
ANEXO III
PROGRAMA DE SUSTENTABILIDAD DE SERVICIOS DE TRASPLANTEEN
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
Resoluciones INCUCAI Nros. 177 y 325/2021
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
Resoluciones INCUCAI Nros. 177 y 325/2021
Módulos para la financiación de los costos variables de las prácticas efectuadas en establecimientos sanitarios públicos, a pacientes con cobertura pública exclusiva:
Requerimientos para la transferencia paciente APTO para el trasplante:
• Nota de solicitud de pago del módulo firmada por la autoridad hospitalaria
• Constancia de inscripción en lista de espera (C28) o Constancia de situación actual en Lista de Espera si se trasplantó (C34) firmada por el equipo de trasplante.
• Constancia de inscripción en lista de espera (C28) o Constancia de situación actual en Lista de Espera si se trasplantó (C34) firmada por el equipo de trasplante.
Requerimientos para la transferencia paciente NO APTO para el trasplante:
• Nota de solicitud de pago del módulo firmada por la autoridad hospitalaria
• Constancia de evaluación pre-trasplante (C22) firmada por el equipo de trasplante.
• Se abonará únicamente el ítem “a” del módulo 1.
• Constancia de evaluación pre-trasplante (C22) firmada por el equipo de trasplante.
• Se abonará únicamente el ítem “a” del módulo 1.
Requerimientos para la transferencia:
• Nota de solicitud de pago del módulo firmada por la autoridad hospitalaria
• Constancia de inscripción en lista de espera (C28) o Constancia de situación actual en Lista de Espera si se trasplantó (C34) firmada por el equipo de trasplante
• Constancia de evaluación pre-trasplante del donante (C40) firmada por el equipo de trasplante
• Constancia de inscripción en lista de espera (C28) o Constancia de situación actual en Lista de Espera si se trasplantó (C34) firmada por el equipo de trasplante
• Constancia de evaluación pre-trasplante del donante (C40) firmada por el equipo de trasplante
Requerimientos para la transferencia paciente APTO para el trasplante:
• Nota de solicitud de pago del módulo firmada por la autoridad hospitalaria.
• Constancia de inscripción en lista de espera (C28) o Constancia de situación actual en Lista de Espera si se trasplantó (C34) firmada por el equipo de trasplante
• Constancia de inscripción en lista de espera (C28) o Constancia de situación actual en Lista de Espera si se trasplantó (C34) firmada por el equipo de trasplante
Requerimientos para la transferencia paciente NO APTO para el trasplante:
• Nota de solicitud de pago del módulo
• Constancia de evaluación pre-trasplante (C22) firmada por el equipo de trasplante
• Para los módulos 4 y 5 se abonará únicamente el ítem “a”.
• Constancia de evaluación pre-trasplante (C22) firmada por el equipo de trasplante
• Para los módulos 4 y 5 se abonará únicamente el ítem “a”.
Requerimientos para la transferencia:
• Nota de solicitud de pago del módulo, 'nota de sustentabilidad” que acompaña la C51 en el SINTRA firmada por la autoridad hospitalaria.
• Certificado de implante (CIO) C51 fiscalizado por la jurisdicción correspondiente firmado por el equipo de trasplante.
• Certificado de implante (CIO) C51 fiscalizado por la jurisdicción correspondiente firmado por el equipo de trasplante.
Requerimientos para la transferencia:
• Nota de solicitud de pago del módulo, 'nota de sustentabilidad” SINTRA firmada por la autoridad hospitalaria
• Informe de trasplante firmado por el equipo de trasplante
IF-2024-114801200-APN-INCUCAI#MS