SEGURIDAD SOCIAL
VALOR MOVILIDAD
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
19-Feb-2018
Resumen:
EL VALOR DE LA MOVILIDAD PREVISTA EN EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 27.160 Y SUS MODIFICATORIAS, CORRESPONDIENTE AL MES DE MARZO DE 2018, ES DE 5,71% (CINCO CON SETENTA Y UNO POR CIENTO), CONFORME LO PREVISTO EN EL ARTICULO 32 DE LA LEY N° 24.241.