MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
RESOLUCION N° 465/2018 - MODIFICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
09-Abr-2021
Resumen:
INCORPORASE COMO SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION N° 465 DE FECHA 8 DE AGOSTO DE 2018 DE LA EX SECRETARIA DE COMERCIO DEL EX MINISTERIO DE PRODUCCION, EL SIGUIENTE: “QUEDA PROHIBIDA LA IMPORTACION DEFINITIVA Y LA COMERCIALIZACION EN EL MERCADO INTERNO DE LOS BIENES MENCIONADOS, EN LOS CASOS QUE NO CUMPLAN CON LAS PREVISIONES ESTABLECIDAS EN LA PRESENTE NORMA.”. Y OTRAS MODIFICACIONES.