Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE PRODUCCION


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

Resolución 311-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2017

VISTO el Expediente N° A 253-77083/2010 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico en el ámbito del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 24.481 de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad, texto ordenado por el Decreto N° 260 de fecha 20 de marzo de 1996 y sus modificaciones, el Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016 y la Resolución N° 388 de fecha 9 de agosto de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 90 de la Ley N° 24.481, texto ordenado por el Decreto N° 260 de fecha 20 de marzo de 1996 y sus modificaciones, se creó el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) como organismo autárquico en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, siendo la Autoridad de Aplicación de dicha ley y de las Leyes Nros. 22.362 y 22.426, y del Decreto-Ley N° 6.673 de fecha 9 de agosto de 1963.

Que, a su vez, el Artículo 90 de la reglamentación aprobada como Anexo II del Decreto N° 260/96 y sus modificaciones establece que el referido Instituto tendrá a su cargo la realización de la actividad que al Estado le compete en materia de Propiedad Industrial.

Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, asignándole competencia al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN para entender en la elaboración, ejecución y fiscalización del régimen de patentes y marcas y en la legislación concordante.

Que el Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016 estableció que el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) actuara en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que el Artículo 90 de la Ley N° 24.481, texto ordenado por el Decreto N° 260/96 y sus modificaciones, dispone que el patrimonio del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) se integrará con los aranceles y anualidades emergentes de las leyes que aplica y las tasas que perciba como retribución por servicios adicionales que preste, entre otros conceptos.

Que los aranceles constituyen una fuente genuina e imprescindible para el funcionamiento del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI).

Que, por ello, se hace necesario actualizar el monto de las multas, aranceles y anualidades en atención a las características técnicas del mencionado Instituto, a fin de favorecer su gestión encaminada a la mejora continua de la calidad de sus prestaciones, la pertinente adecuación tecnológica a los nuevos parámetros nacionales e internacionales, teniendo en cuenta su interacción con las demás Oficinas de Propiedad Industrial de países de la región, y la continuidad del reconocimiento del nivel técnico especializado de su personal.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de la facultades conferidas por el Artículo 96 del Anexo II al Decreto N° 260/96 y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase el monto de las multas, aranceles y anualidades que percibe por sus servicios el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, que fueran previstos en el Anexo III del Decreto N° 260 de fecha 20 de marzo de 1996 y sus modificaciones, y fijados a la fecha por la Resolución N° 388 de fecha 9 de agosto de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, de conformidad con los montos y condiciones que se consignan en el Anexo (IF-2017-14791841-APN-MP) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Francisco Adolfo Cabrera.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 19/07/2017 N° 51824/17 v. 19/07/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)

ANEXO



IF-2017-14791841-APN-MP



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número:IF-2017-14791841-APN-MP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 18 de Julio de 2017

Referencia: EXPEDIENTE INPI N° A 253-77083/2010 - ARANCELES

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ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serlalNumber=CUIT 30715117564

Date: 2017.07.18 19:16:56 -03'00'

Francisco Adolfo Cabrera

Ministro

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