CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO
PERIODISTAS Y EMPLEADOS DE EMPRESAS PERIODISTICAS - NO PUBLICACION DEL PROMEDIO SALARIAL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
30-Jul-2007
Resumen:
ESTABLECESE QUE NO CORRESPONDE FIJAR Y PUBLICAR EL PROMEDIO SALARIAL Y EL TOPE INDEMNIZATORIO EN LOS CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO Y ACUERDOS SALARIALES APLICABLES A LOS TRABAJADORES QUE SE DESEMPEÑAN EN LA ACTIVIDAD REGULADA POR LA LEY Nº 12.908 Y EL DECRETO- LEY Nº 13.839/46.
Observaciones:
FE DE ERRATAS: B.O. 31/7/2007, PAG. 16. SE ACLARA QUE EN LA PUBLICACION ORIGINAL SE CONSIGNO ERRONEAMENTE LA FECHA DE FIRMA DE LA NORMA.