Presidencia de la Nación

Resolución 301 / 2011

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

TRABAJADORES SUSCEPTIBLES AL RUIDO

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 31-Mar-2011
Resumen:

CONSIDERASE “SUSCEPTIBLES AL RUIDO” A AQUELLOS TRABAJADORES CUYAS AUDIOMETRIAS PRESENTEN UNA CAIDA O DESCENSO DEL UMBRAL AUDITIVO IGUAL O MAYOR A 15DB EN LA FRECUENCIA DE 4000 HZ RESPECTO DE LA AUDIOMETRÍA BASAL (EXAMEN PREOCUPACIONAL NORMAL). LAS AUDIOMETRIAS QUE ARROJEN COMO RESULTADO SUSCEPTIBILIDAD O PATOLOGIA AUDITIVA DEBERAN SER NOTIFICADAS POR LA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) AL EMPLEADOR EN EL PLAZO DE DIEZ (10) DIAS HABILES.

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