EXCEPCION DE CUOTAS SOCIALES
COOPERATIVAS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
22-Ene-1992
Resumen:
COOPERATIVAS:ESTABLECESE CON CARACTER DE EXCEPCION QUE LAS COOPERATIVAS CUYAS CUOTAS SOCIALES NO ALCANZAREN EL VALOR DE UN CENTAVO DE PESO DEBEN PROCEDER A INCREMENTAR EL VALOR DE LAS MISMAS HASTA ESE MONTO.CM