SEGUROS
SEGUROS DE VIDA Y RETIRO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
26-Ago-2003
Resumen:
LAS ASEGURADORAS QUE OPEREN EN SEGUROS DE VIDA Y DE RETIRO PODRAN SOLICITAR LA APROBACION DE LOS MECANISMOS DE AFECTACION DE ACTIVOS PREVISTOS EN LA PRESENTE RESOLUCION, PARA AQUELLOS PLANES DE SEGURO QUE CONTEMPLEN LA CONSTITUCION DE "FONDOS DE AHORRO O FONDOS DE PRIMA" CON PARTICIPACION EN LAS UTILIDADES Y/O PARTICIPACION EN EL RIESGO DE LOS ACTIVOS QUE LOS COMPONEN.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 7° DE LA RESOLUCION 32.704 DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS, B.O. 22/01/2008, PAGINA 8.