OBRAS VIALES
ACCESOS PANAMERICANA - RAMAL TIGRE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
06-Nov-1997
Resumen:
DEROGASE EL ART. 2º DE LA RES. Nº 16/96, QUE DISPUSO EN FORMA PROVISORIA Y EXCEPCIONAL QUE, EN CALLES COLECTORAS ASCENDENTES, Y DESCENDENTES DE LA PANAMERICANA, COMO ASI TAMBIEN EN EL RAMAL TIGRE, LA CIRCULACION DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS DE CORTA DISTANCIA SE EFECTUARA EXCLUSIVAMENTE POR LA CALZADA POR PEAJE DE LA AUTOPISTA, EN FORMA GRATUITA