MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
TRAMITES DE RECTIFICACION DE DATOS
Resumen:
LOS TRAMITES DE RECTIFICACION DE DATOS QUE SE PETICIONEN ANTE LOS REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR EN TODAS SUS COMPETENCIAS, COMO CONSECUENCIA DE LA RECTIFICACION REGISTRAL DEL SEXO, EL CAMBIO DE NOMBRE O NOMBRES DE PILA E IMAGEN, EN LOS TERMINOS DE LA LEY N° 26.743, SE ENCUENTRAN EXENTOS DE ABONAR LOS ARANCELES DE RECTIFICACION DE DATOS PREVISTOS EN EL ARANCEL 3) DE LOS ANEXOS I, II Y III, Y EN EL ARANCEL 5) DEL ANEXO IV; LOS ARANCELES DE CERTIFICACION DE FIRMAS PREVISTOS EN LOS ARANCELES 1) Y 2) DE LOS ANEXOS I, II, III Y IV; LOS ARANCELES DE EXPEDICION DE CEDULA DE IDENTIFICACION PREVISTOS EN EL ARANCEL 9) DE LOS ANEXOS I, II Y III; Y LOS ARANCELES DE EXPEDICION DE TITULO DEL AUTOMOTOR, MOTOVEHICULO O MAQUINARIA PREVISTOS EN EL ARANCEL 10) DE LOS ANEXOS I, II Y III, RESPECTIVAMENTE, DE LA RESOLUCION M.J. Y D.H. Nº 314/02 Y SUS MODIFICATORIAS.