Presidencia de la Nación

SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA


Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.

MULTAS

Resolución 271/91

Actualízanse los montos de multas previstas en la Ley Nº 19.800.

Bs. As., 3/6/91

VISTO la Resolución Nº 175 del 14 de marzo de 1986 por la cual fueron actualizados los montos de las multa prevista en el artículo 42 de la Ley Nº 19.800 y del pago previo de multa que establece el artículo 43 de la misma Ley, y

CONSIDERANDO:

Que los montos establecidos en dicha oportunidad por la norma citada han quedado desactualizados.

Que resulta necesario proceder a su actualización en función de lo previsto en el artículo 4º de la ley 22.517 y la facultad conferida por el artículo 1º inciso 1) del Decreto Nº 101 del 16 de enero de 1985.

Que a tales fines y atendiendo al carácter semestral de las actualizaciones corresponde considerar al período comprendido desde el 18 de diciembre de 1985 hasta el 18 de diciembre de 1990.

Que se han expedido favorablemente las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Administración.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

RESUELVE:

Artículo 1º — Actualízanse entre un mínimo de AUSTRALES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS (A 689.776) y un máximo de AUSTRALES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MILÑLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA (A 275.885.960), las multas a que se refiere el artículo 42 de la Ley Nº 19.800.

Art. 2º — Actualízase el importe establecido en el artículo 43 de la Ley Nº 19.800 en la suma de AUSTRALES DOS MILLONES SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA (A 2.069.150).

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcelo Regúnaga.

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