OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y PREVISIONALES
FACILIDADES DE PAGO - ART 39 DE LA LEY 11683
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
02-Oct-1997
Resumen:
ESTABLECESE UN REGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO, NO AUTOMATICO, PERMANENTE Y SUJETO A LAS CARACTERISTICAS DE CADA CASO, APLICABLE PARA LA CANCELACION, TOTAL O PARCIAL, DE DEUDAS VENCIDAS Y EXIGIBLES POR OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SUS INTERESES, ACTUALIZACIONES Y MULTAS. PROCEDIMIENTO, PLAZOS, REQUISITOS Y DEMAS CONDICIONES
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 30 DE LA RESOLUCION GENERAL DE AFIP N° 184/1998, B.O. 11/08/1998, PAGINA 3.