JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
PROCEDIMIENTO DE LAS COMPENSACIONES A PRODUCTORAS DE GAS LICUADO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
27-Dic-2018
Resumen:
ESTABLECESE QUE A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2019 EL PROCEDIMIENTO DE LAS COMPENSACIONES A PRODUCTORAS DE GAS LICUADO DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO DE ENERGIA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE HACIENDA, DEBERA REGISTRARSE, TRAMITARSE Y PAGARSE A TRAVES DE LOS MODULOS “REGISTRO INTEGRAL DE DESTINATARIOS” (RID) Y “GESTOR DE ASISTENCIAS Y TRANSFERENCIAS” (GAT) DEL SISTEMA DE GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA (GDE).