MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HABITAT
ANTICIPOS - ESTABLECESE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
12-Ago-2022
Resumen:
ESTABLECESE QUE EL VALOR DE LOS ANTICIPOS FINANCIEROS Y/O ANTICIPOS PARA ACOPIO PREVISTOS EN LOS DIVERSOS PROGRAMAS DEL MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HABITAT, QUE SE FINANCIAN CONFORME EL SISTEMA DE UNIDADES DE VIVIENDA (UVIS) – LEY Nº 27.271, Y CUANDO LA OBRA SE LLEVE A CABO BAJO LA MODALIDAD DE SELECCION DEL CO-CONTRATANTE Y/O POR LICITACION DE OBRAS Y EJECUCION POR EMPRESAS, SE DETERMINARA CONFORME LA COTIZACION DE LAS UNIDADES DE VIVIENDA (UVIS) – LEY Nº 27.271 QUE PUBLICA EL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA A LA FECHA DE EMISION LAS CONSTANCIAS DE FACTIBILIDAD FINANCIERA Y/O CONSTANCIAS DE NO OBJECION FINANCIERA.