Presidencia de la Nación

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 250/2021

RESOL-2021-250-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 07/03/2021

VISTO el EX-2020-EX-2020-18727025-APN-GCYCG#INCAA-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley 17.741(t.o. 2001) y sus modificatorias, el Decreto Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, el Decreto N°90 de fecha 20 de enero de 2020, el Decreto N°260 de fecha 12 de marzo de 2020 y 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y la Resolución INCAA N° 1 de fecha 7 de enero de 2017, la Resolución INCAA N° 166 de fecha 27 de marzo de 2020, la Resolución INCAA N° 346 de fecha 02 de julio de 2020, la Resolución INCAA N° 45 de fecha 7 de enero de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001), y sus modificatorias, tiene como objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio nacional.

Que la actividad cinematográfica y audiovisual constituye un bien jurídico protegido en el artículo 75, inciso 19, de la Constitución Nacional, mediante el cual se tutela la identidad y pluralidad cultural, el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales.

Que la Resolución N°1/2017 estableció que a los fines de la percepción del subsidio por otros medios de exhibición las películas debían ser estrenadas comercialmente en salas de cine.

Que con motivo de la pandemia decretada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) como consecuencia del coronavirus COVID-19, se dictó la ampliación de la emergencia sanitaria mediante Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/2020 y se establecieron para toda la población de la República Argentina sucesivas medidas de “Aislamiento social, preventivo y obligatorio” (ASPO) o de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” (DISPO) según la jurisdicción de que se trate, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020.

Que para garantizar espacios de acceso a la cultura, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA) está facultado a utilizar sus pantallas públicas, la señal CINE.AR y la plataforma CINE.AR PLAY

Que habiendo resultado imposible estrenar películas nacionales en salas cinematográficas conforme estable la Resolución N°1/2017 dado su cierre ordenado por el Gobierno Nacional por motivos sanitarios, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES por /2020 Resolución INCAA N° 166estableció un PROGRAMA DE ESTRENOS DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA, habilitando a los/as productores/ as que pusieron a disposición la película a percibir el subsidio por otros medios de exhibición.

Que en fecha 02 de julio de 2020 el INCAA emitió la Resolución 346/2020 extendiendo el plazo del mencionado programa hasta el 31 de diciembre de 2020.

Que, al 31 de diciembre de 2020, quedaron películas nacionales, que cumplimentaron los requisitos establecidos en el Artículo 2° de la Resolución INCAA N° 166/2020 antes de la citada fecha, que no pudieron ser programadas en 2020 por falta de espacio en la grilla.

Que en ese sentido se dictó la Resolución INCAA N° 45/2021 extendiendo la vigencia del PROGRAMA DE ESTRENOS DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA O JUEVES

ESTRENO al 31 de marzo de 2021 o o hasta que el Gobierno Nacional autorice formalmente la reapertura de las salas cinematográficas en el país, lo que ocurra primero.

Que durante la emergencia sanitaria se autorizó la apertura de lugares de exhibición, como los denominados autocines, o la reapertura de salas de cine en alguna de las jurisdicciones del territorio nacional, pero alcanzando un bajo porcentaje de la totalidad de las salas existentes en el país, lo que significó una merma importante en la oferta de estrenos.

Que por Decisiones Administrativas N° 133 y 145 en fecha 23 de febrero de 2021. se autorizó la apertura de salas cinematográficas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires, autorización sujeta al cumplimiento del Protocolo correspondiente.

Que a partir de esta fecha la mayor parte de las salas cinematográficas del país, en un alto porcentaje, se encuentran reanudando sus actividades.

Que, por tal motivo, dado el cumplimiento de la condición de haberse autorizado la reapertura de las salas cinematográficas resulta procedente declarar la caducidad de los efectos del artículo 6°de la Resolución INCAA N° 166/2020 que exime a los productores/as de las películas integrantes del “Programa de estrenos durante la emergencia sanitaria” de la exigencia del estreno en salas cinematográficas comerciales establecidos en el artículo 18 inciso 1 y 26 inciso 1.1. de la Resolución INCAA Nº 1102/2018 a los efectos de la percepción del subsidio por medios electrónicos.

Que la Subgerencia de Fomento y Exhibición y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado intervención al respecto.

Que las facultades para la aprobación de esta resolución se encuentran comprendidas en Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y en los Decretos Nº 1536/2002 y Nº 90/2020.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declarar la caducidad del Artículo 6° de la Resolución INCAA N°166/2020 y modificatorias por haberse cumplido la condición establecida en el artículo 2° de la Resolución INCAA N° 45/2021 al autorizarse formalmente la reapertura de las salas cinematográficas

ARTÍCULO 2°.- La presente entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Luis Adalberto Puenzo

e. 09/03/2021 N° 13037/21 v. 09/03/2021
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