TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGAS
CONDICIONES DE VEHICULOS - MODIFICACION -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
15-Nov-1996
Resumen:
SUSTITUYESE EL ART. 1º DE LA RES S.O. Y S.P. Nº 31/96, QUE ESTABLECE LAS CONDICIONES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS UNIDADES DE TRANSPOTE DE JURISDICCION NACIONAL PARA PODER CONTINUAR EN SERVICIO.-