Presidencia de la Nación

COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE


COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Resolución 249/2016

Bs. As., 04/03/2016

VISTO el Expediente N° S02:0023856/2016 del registro del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 2560 de fecha 13 de junio de 2000 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, entonces dependiente de la ex SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE TERRESTRE de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, aprobó los importes a percibir en concepto de gastos administrativos por las tareas que en el ámbito de su competencia posee en virtud del (i) “MANUAL DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA VEHÍCULOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS”, estatuido por las Resoluciones N° 606 de fecha 18 de diciembre de 1975 de la ex SECRETARÍA DE ESTADO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS y N° 395 de fecha 23 de junio de 1989, modificatorias y complementarias, y del (ii) REGISTRO NACIONAL DE FÁBRICAS DE CARROCERÍAS Y TALLERES, creado por la Resolución N° 68 de fecha 20 de octubre de 1981 de la ex SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE.

Que mediante la Resolución N° 3853 de fecha 7 de noviembre de 2000 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE se redujeron los montos aprobados por la precitada Resolución N° 2560/00 en un DIEZ POR CIENTO (10 %), los cuales se encuentran vigentes al día de la fecha.

Que la Resolución N° 759 de fecha 20 de mayo de 2014 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ente autárquico entonces dependiente de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, sustituyó los aranceles dispuestos por la Resolución N° 659 de fecha 25 de septiembre de 1997 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, relacionados a funciones de habilitación del personal de conducción que hasta dicho momento desarrollaba el Centro de Examen de Conducción de la ex empresa Ferrocarriles Argentinos.

Que asimismo por la Resolución N° 872 de fecha 9 de junio de 2014 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE se determinó el costo de las libretas de Control Horario establecidas por la Resolución N° 239 de fecha 16 de julio de 1998 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y los calcos identificatorios de Oferta Libre, establecidos por la Resolución N° 6015 de fecha 10 de diciembre de 2007 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.

Que en esta instancia resulta dable adecuar la estructura arancelaria vigente de manera tal que la misma guarde relación con el costo que le reporta al Organismo cumplimentar las tareas asignadas por el plexo normativo antes reseñado, tanto en lo que refiere a recursos humanos, logística, estructura organizativa e insumos.

Que la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS elaboró el informe que da cuenta de la sustentabilidad de la presente medida, en función de los parámetros de actualización utilizados a tales efectos.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Estatuto de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, aprobado por Decreto N° 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996, modificado por su similar N° 1661 de fecha 12 de agosto de 2015 (B.O. 20/8/2015) y el Decreto N° 118 de fecha 12 de enero de 2016 (B.O. 13/1/2016).

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el Anexo I de la Resolución N° 2560 de fecha 13 de junio de 2000 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, entonces dependiente de la ex SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE TERRESTRE de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, por el Anexo I de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — Sustitúyese el Anexo II de la Resolución N° 759 de fecha 20 de mayo de 2014 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ente autárquico entonces dependiente de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el Anexo II de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3° — Sustitúyese el artículo 1° de la Resolución N° 872 de fecha 9 de junio de 2014 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ente autárquico entonces dependiente de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el siguiente:

“ARTÍCULO 1°.- Establécese que las libretas de Control Horario establecidas por la Resolución N° 239 de fecha 16 de julio de 1998 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS tendrán un costo de PESOS CIEN ($ 100.-) y los calcos identificatorios de Oferta Libre, establecidos por la Resolución N° 6015 de fecha 10 de diciembre de 2007 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, tendrán un costo de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO ($ 165.-), los que deberán ser abonados mediante boleta electrónica por medio de los canales habilitados por el Organismo”.

ARTÍCULO 4° — Derógase la Resolución N° 3853 de fecha 7 de noviembre de 2000 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE de la entonces SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE TERRESTRE de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. ROBERTO DOMECQ, Director Ejecutivo, Comisión Nacional de Regulación del Transporte.

ANEXO I

Trámite Importe
Aprobación de un plano de carrozado o de modificación de chasis. $ 540,00.-
Ensayo de módulo estructural, cuando las tareas se realicen en el territorio de la República Argentina. $ 1.080,00.-
Ensayo de módulo estructural, cuando las tareas se realicen en países limítrofes. $ 4.050,00.-
Inscripción de una fábrica carrocera o taller modificador de chasis, cuando la planta se encuentre radicada en el territorio de la República Argentina. $ 2.700,00.-
Inscripción de una fábrica carrocera o taller modificador de chasis, cuando la planta se encuentre radicada en países limítrofes. $ 5.400,00.-
Conformidad técnica de un dispositivo, cuando las tareas se realicen en el territorio de la República Argentina. $ 1.080,00.-
Conformidad técnica de un dispositivo, cuando las tareas se realicen en países limítrofes. $ 4.050,00.-
Arancel de Fiscalización anual para empresas radicadas en países limítrofes. $ 4.050,00.-

ANEXO II

ARANCELES

Categorías Concepto Importe
Artículo 6° incisos a), b) c) d) e i) Aspirante $ 66,00.-
Tema I $ 66,00.-
Tema II $ 66,00.-
Tema III $ 198,00.-
Tema IV, V y VI $ 264,00.-
Artículo 6° incisos e), f) c) g) y h) Tema I $ 132,00.-
Tema II $ 330,00.-
Todas Emisión Licencia Nacional Habilitante $ 83,00.-
Reposición Licencia Nacional Habilitante $ 42,00.-
Traslado examinador fuera del Área Metropolitana de Buenos Aires (artículo 21 inciso a) y artículo 22 inciso c)). $ 4.122,50.-

 En todos los casos se cobrará el doble de los valores indicados si se tratare de repetición de examen de aspirante o de un tema por reprobación anterior. A su vez se duplicará el nuevo valor en caso de persistir la reprobación.

Si los examinadores del Centro debieren trasladarse para tomar examen fuera del Área Metropolitana de Buenos Aires, se deberá abonar el importe correspondiente al traslado de cada uno de ellos indicado en el cuadro precedente, además del Arancel correspondiente a aspirante y/o tema por cada uno de los postulantes.

e. 11/03/2016 N° 12952/16 v. 11/03/2016
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