Presidencia de la Nación

Resolución 249 / 2003

SERVICIO NAC. DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Resolución 417 / 1997

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIM

Fecha publicación 01-Jul-1997 Descripción
CREACION

CREASE EN EL AMBITO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA EL REGISTRO SANITARIO NACIONAL.

Normativa / Número Resolución 777 / 1997

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIM

Fecha publicación 17-Oct-1997 Descripción
PRODUCTOS FRUTIHORTICOLAS Y PLANTAS HORNAMENTALES

INCORPORANSE DICHOS PRODUCTOS AL MENCIONADO REGISTRO. MODIFICASE LA RES. SAGPYA Nº 417/97

Normativa / Número Resolución 22 / 1998

SERVICIO NAC. DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Fecha publicación 16-Ene-1998 Descripción
NRO. REGISTRO SANITARIO NACIONAL - CONSIGNACION

EN TODA DOCUMENTACION QUE EXPIDAN LAS OFICINAS DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, SE DEBERA CONSIGNAR EL NUMERO DE REGISTRO SANITARIO NACIONAL (RENSPA) COMPLETO Y SU CORRESPONDIENTE NUMERO DE CONTROL. (NOTA: ABROGADA POR RESOLUCION NRO. 249/2003 - ART. 12 - BOELTIN OFICIAL 26/6/2003 - PAG. 20).

Normativa / Número Resolución 116 / 1998

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIM

Fecha publicación 16-Dic-1998 Descripción
VIGENCIA

MANTIENESE LA VIGENCIA DEL MISMO, CREADO POR RESOLUCION Nº 417/97, EL QUE SE DENOMINARA REGISTRO NACIONAL SANITARIO DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS. MODIFICACION DE LA REGLAMENTACION DEL CITADO REGISTRO.

Normativa / Número Resolución 334 / 2000

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIM

Fecha publicación 11-Jul-2000 Descripción
REINSCRIPCION GRATUITA - PRORROGA

DASE POR PRORROGADA LA REINSCRIPCION GRATUITA EN EL REGISTRO NACIONAL SANITARIO DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS.

Normativa / Número Resolución 465 / 2001

SERVICIO NAC. DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Fecha publicación 24-Oct-2001 Descripción
REINSCRIPCION - PRORROGA -

DASE POR PRORROGADA LA REINSCRIPCION CORRESPONDIENTE AL AÑO 2000, LA QUE DEBERA EFECTUARSE SIMULTANEAMENTE CON LA PRIMERA CAMPAÑA ANUAL DE VACUNACION ANTIAFTOSA.(NOTA: ABROGADA POR RESOLUCION NRO.249/2003 - ART. 12 - BOLETIN OFICIAL 26/6/2003 - PAG. 20).

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