INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución Nº 2487/2013
Bs. As., 21/8/2013
VISTO la Ley 17.741 (t.o. 2001), Resolución Nº 886/12/INCAA, y
CONSIDERANDO:
Que el Punto 1 del Artículo 4° de la citada Resolución establece la obligatoriedad de copiado en Empresas o Laboratorios Argentinos de películas color y/o blanco y negro, trailers, colas o publicidad comercial que se hayan registrado en 35 mm o superior, en todos los pasos que se necesiten para su exhibición en territorio nacional.
Que con fecha 28 de junio de 2013, la Cámara Argentina de Distribuidores Independientes Cinematográficos (e.f.) presentó una nota solicitando se considere la factibilidad de exhibir comercialmente con copias fílmicas, 35 mm, producidas fuera del país, películas extranjeras cuyo estreno no supere las CINCO (5) salas.
Que dicha solicitud se basa en que las características de exhibición de cine independiente y de arte no permite amortizar los costos de importación temporaria de internegativos y negativos de subtítulos y sonido, lo que, en la práctica, se traduce en una exhibición insignificante de este tipo de películas.
Que el Artículo 6° de la Resolución Nº 886/12/INCAA autoriza al Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales a eximir otros supuestos no contemplados expresamente, siempre y cuando se invoquen y acrediten razones justificadas.
Que se debe dictar resolución.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución resulta de lo dispuesto por la Ley 17.741 (t.o. 2001).
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Exímese a las Distribuidoras que estrenen películas extranjeras, en 35 mm y en hasta CINCO (5) pantallas, de la obligatoriedad de copiado en Empresas o Laboratorios Argentinos, que disponen los Artículos 3° y 4° de la Resolución Nº 886/12/INCAA.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
Resolución Nº 2487/2013
Bs. As., 21/8/2013
VISTO la Ley 17.741 (t.o. 2001), Resolución Nº 886/12/INCAA, y
CONSIDERANDO:
Que el Punto 1 del Artículo 4° de la citada Resolución establece la obligatoriedad de copiado en Empresas o Laboratorios Argentinos de películas color y/o blanco y negro, trailers, colas o publicidad comercial que se hayan registrado en 35 mm o superior, en todos los pasos que se necesiten para su exhibición en territorio nacional.
Que con fecha 28 de junio de 2013, la Cámara Argentina de Distribuidores Independientes Cinematográficos (e.f.) presentó una nota solicitando se considere la factibilidad de exhibir comercialmente con copias fílmicas, 35 mm, producidas fuera del país, películas extranjeras cuyo estreno no supere las CINCO (5) salas.
Que dicha solicitud se basa en que las características de exhibición de cine independiente y de arte no permite amortizar los costos de importación temporaria de internegativos y negativos de subtítulos y sonido, lo que, en la práctica, se traduce en una exhibición insignificante de este tipo de películas.
Que el Artículo 6° de la Resolución Nº 886/12/INCAA autoriza al Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales a eximir otros supuestos no contemplados expresamente, siempre y cuando se invoquen y acrediten razones justificadas.
Que se debe dictar resolución.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución resulta de lo dispuesto por la Ley 17.741 (t.o. 2001).
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Exímese a las Distribuidoras que estrenen películas extranjeras, en 35 mm y en hasta CINCO (5) pantallas, de la obligatoriedad de copiado en Empresas o Laboratorios Argentinos, que disponen los Artículos 3° y 4° de la Resolución Nº 886/12/INCAA.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 28/08/2013 N° 65947/13 v. 28/08/2013