VITIVINICULTURA
ETIQUETADO DE VINOS Y/O BEBIDAS ESPIRITUOSAS DE NATURALEZA VINICA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
18-Ago-2017
Resumen:
LOS NOMBRES GEOGRAFICOS QUE NO HAYAN SIDO OBJETO DE RECONOCIMIENTO EN ALGUNA DE LAS CATEGORIAS ESTABLECIDAS POR LA LEY N° 25.163, PODRAN CONSIGNARSE EN EL ETIQUETADO DE VINOS Y/O BEBIDAS ESPIRITUOSAS DE NATURALEZA VINICA DURANTE EL TIEMPO QUE DURE EL PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO Y DERECHO A USO DE UNA INDICACION GEOGRAFICA (IG) O DENOMINACION DE ORIGEN CONTROLADA (DOC), EN LAS FORMAS Y CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA PRESENTE Y SUJETO A LA CONDICION DE SU RESOLUCION FAVORABLE.