Presidencia de la Nación

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 2423/2014

Bs. As., 22/9/2014

VISTO la Ley 17.741 (t.o. 2001), la Resolución Nº 981/13/INCAA, de fecha 5 de abril de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Resolución se estableció un premio incentivo de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000.-) para las empresas distribuidoras que distribuyan películas nacionales, en, por lo menos, un CINCUENTA POR CIENTO (50%) respecto del total de películas distribuidas por año calendario.

Que, para el dictado de la Resolución se tomó en cuenta la incidencia del material nacional en el contexto de la totalidad de estrenos por año, llegando a la conclusión que muchos de sus distribuidores no lograban amortizar los gastos de lanzamiento, resultando procedente establecer algún incentivo para que estas empresas distribuidoras continúen plenamente con su actividad, a la par que interesar a otras que, habitualmente, no toman material nacional para su distribución.

Que con fecha 14 de agosto de 2014, las empresas a cargo de la distribución de la mayor parte de las películas nacionales solicitaron un ajuste en el monto del premio.

Que se considera procedente ajustar el monto, utilizando para su cálculo el valor promedio de la entrada de cine.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley 17.741 (t.o. 2001) y el Decreto Nº 1536/02.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Modifícase el Artículo 1°.- de la Resolución Nº 981/13/INCAA, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 1°.- Establecer un premio incentivo equivalente a MIL OCHOCIENTAS (1800) entradas valorizadas al precio promedio establecido por Resolución Nº 2114/11/INCAA para las empresas distribuidoras que distribuyan películas nacionales, en, por lo menos, un CINCUENTA POR CIENTO (50%) respecto del total de películas distribuidas por año calendario”.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 29/09/2014 N° 72352/14 v. 29/09/2014
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