Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 242/2015

Bs. As., 1/4/2015

VISTO el Expediente N° 1-2015-1666189/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 22.520, los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, y 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 260 del 18 de marzo de 2011 y sus modificatorias y 99 del 27 de enero de 2012 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, el que comprende, entre otros, al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, estableciéndose sus competencias.

Que por el Decreto N° 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, readecuada a través de la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 260 del 18 de marzo de 2011 y sus modificatorias se aprobaron las aperturas inferiores al primer nivel operativo de la estructura organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 99 del 27 de enero de 2012 y sus modificatorias, se aprobaron las aperturas inferiores correspondientes a los niveles de departamento y división de la SECRETARIA DE TRABAJO de ese Ministerio, de acuerdo con el Organigrama, Acciones y Dotación que como Anexos la, lb, lc, Id, le, II y III, respectivamente, forman parte integrante de dicha medida.

Que en los niveles de departamento y división de la SECRETARIA DE TRABAJO cuyas aperturas se efectuara a través de la mencionada Resolución se encuentra la Delegación Regional San Martín de la Dirección Regional Conurbano Bonaerense, dependiente de la Dirección Nacional de Relaciones Federales.

Que de conformidad con los lineamientos de la Ley N° 25.877, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha encarado acciones concretas dirigidas a instalar el concepto de trabajo decente en las políticas públicas nacionales, provinciales y municipales, en los términos definidos por la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE TRABAJO (O.I.T.).

Que a tal efecto resulta conveniente proyectar una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando origen a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes, que tengan por objetivo fortalecer la presencia territorial del organismo.

Que el análisis de campo, en lo que respecta al territorio y la población, arrojó como resultado la necesidad de crear una oficina en el conurbano bonaerense, situada en alguna localidad de la zona norte, con dependencia directa de la Delegación Regional San Martín.

Que el dictado del presente acto no implica erogaciones presupuestarias adicionales.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438/92).

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorizar la apertura, en el ámbito de la Delegación Regional San Martín dependiente de la Dirección Regional Conurbano Bonaerense de la Dirección Nacional de Relaciones Federales de la SECRETARIA DE TRABAJO, de la Subdelegación Regional Conurbano Bonaerense - Zona Norte, con sede en alguna localidad de dicha zona.

ARTICULO 2° — Las acciones y funciones de la Subdelegación cuya apertura se autorizara a través del precedente artículo, de la presente medida, serán asignadas por la Delegación Regional San Martín, conforme a la responsabilidad primaria, acciones y funciones determinadas en la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 99 del 27 de enero de 2012 y sus modificatorias.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

e. 04/05/2015 N° 31275/15 v. 04/05/2015
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