IMPUESTOS INTERNOS
TE SOLUBLE CONCENTRADO Y BEBIDAS ANALCOHOLICAS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
24-Oct-1997
Resumen:
DISPONESE QUE EL TE SOLUBLE CONCENTRADO CON DESTINO A LA PREPARACION INDUSTRIAL DE LA BEBIDA TE ANALCOHOLICA, NO GASIFICADA; Y LA REFERIDA BEBIDA; NO SE ENCUENTRAN GRAVADAS POR IMPUESTOS INTERNOS