Administración Nacional de Aduanas
CODIGO ADUANERO
Resolución 2344/91
Actualízanse los importes fijos determinados en la ley 22.415 y el Decreto 1001/82.
Bs. As., 3/12/91
VISTO la ley 22.415 y el Decreto 1001/82, y
CONSIDERANDO:
Que dichas normas establecen la actualización anual automática de los importes fijos en ella contenidos, computando el período anual completo que media entre el 1º de noviembre de 1990 y el 31 de octubre de 1991.
Que a tal fin deben utilizarse los índices los índices de precios al por mayor (Nivel general) elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
Que en virtud del artículo 10º de la ley 23.928 quedaron todas las normas legales o reglamentarias que establecían actualizaciones monetarias con efecto a partir del 1º de abril de 1991.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 23 inciso i) y 11 de la ley 22.415,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º – Actualizar los importes fijos determinados en la ley 22.415 (CODIGO ADUANERO) y el Decreto 1001/1982, según se detalla en los anexos I y II respectivamente, que forman parte de la presente resolución.
Art. 2º – La actualización prevista en el art. 1 refleja la variación ocurrida a los índices de precios al por mayor (nivel general) elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos en el período comprendido entre el 1 de noviembre de 1990 y el 28 de febrero de 1991 y surtirá efecto a partir del 1 de enero de 1992.
Art. 3º – Regístrese, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y en el de esta Administración Nacional. Cumplido, dése al archivo. Juan C. Martínez.
ANEXO I
Artículos Código Aduanero | Importe actualizado |
Arts. 868 y 869 | de Australes 2.362.000 a Australes 23.620.000 |
Arts. 880 incs. a), b) y c), 920 incs. a) b) y c) y 955 | Australes 1.090.000 |
Arts. 947 y 949 | Australes 5.068.000 |
Art. 959 inc. b) | Australes 581.000 |
Art. 992 | de Australes 236.200 a Australes 23.620.000 |
Art. 994 | de Australes 127.200 a Australes 12.720.000 |
Art. 995 | de Australes 254.000 a Australes 12.720.000 |
Arts. 1024 ap. 1 y 1028 ap. 1 | Australes 102.000 |
Arts. 1025 incs. a), b) y c) | Australes 1.730.000 |
Arts. 1115 incs a) y b) | Australes 21.803.000 |
Art. 1144 ap. 1 | Australes 173.000 |
ANEXO II
Artículos Decreto 1001/82 | Importe actualizado |
Art. 4 ap. 1 inc. a) | |
Art. 6 ap. 1 inc. a) | A 153.960.000 |
Art. 4 ap. 1 inc. b) | |
Art. 6 ap. 1 inc. b) | |
Art. 12 ap. inc. b) | A 23.094.000 |
Art. 4 ap. 4 | A 7.698.000 |
A 1.539.600.000 | |
Art. 12 ap. I, inc. a) | A 230.940.000 |