Resolución 23 / 2020
SECRETARIA DE MINERIA
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
---|---|---|
Normativa / Número
Ley 24196
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 24-Mayo-1993 |
Descripción
MINERIA -INVERSIONES; ESTABILIDAD; REGLAMENTACION-INVERSIONES MINERAS. AMBITO DE APLICACION. ESTABILIDAD FISCAL. IMPORTACIONES CONSERVACION DEL MEDIO AMBIENTE. AUTORIDAD DE APLICACION. DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS.
|
Normativa / Número
Decreto DNU 260 / 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 12-Mar-2020 |
Descripción
CORONAVIRUS (COVID-19) - DISPOSICIONESAMPLIASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA SANITARIA ESTABLECIDA POR LEY N° 27.541, EN VIRTUD DE LA PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) EN RELACION CON EL CORONAVIRUS COVID-19, POR EL PLAZO DE UN (1) AÑO A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL PRESENTE DECRETO. DISPOSICIONES. FACULTADES DE LA AUTORIDAD SANITARIA. AISLAMIENTO OBLIGATORIO. ACCIONES PREVENTIVAS. SUSPENSION TEMPORARIA DE VUELOS.
|
Normativa / Número
Resolución 8 / 2020
SECRETARIA DE MINERIA |
Fecha publicación 18-Mar-2020 |
Descripción
ATENCION AL PUBLICO - SUSPENDESESUSPENDESE LA ATENCION AL PUBLICO EN RELACION A TODOS LOS TRAMITES VINCULADOS CON LA APLICACION DE LA LEY Nº 24.196 Y SUS MODIFICATORIAS, QUE SE LLEVAN ADELANTE EN EL AMBITO DE LA DIRECCION NACIONAL DE INVERSIONES MINERAS DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO MINERO DE LA SECRETARIA DE MINERIA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, DESDE EL DIA 17 DE MARZO Y HASTA EL DIA 31 DE MARZO DE 2020, INCLUSIVE.
|
Normativa / Número
Decreto DNU 297 / 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 20-Mar-2020 |
Descripción
CORONAVIRUS (COVID -19) - DISPOSICIONESA FIN DE PROTEGER LA SALUD PUBLICA, LO QUE CONSTITUYE UNA OBLIGACION INALIENABLE DEL ESTADO NACIONAL, SE ESTABLECE PARA TODAS LAS PERSONAS QUE HABITAN EN EL PAIS O SE ENCUENTREN EN EL EN FORMA TEMPORARIA, LA MEDIDA DE “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” EN LOS TERMINOS INDICADOS EN EL PRESENTE DECRETO. LA MISMA REGIRA DESDE EL 20 HASTA EL 31 DE MARZO INCLUSIVE DEL CORRIENTE AÑO, PUDIENDOSE PRORROGAR ESTE PLAZO POR EL TIEMPO QUE SE CONSIDERE NECESARIO EN ATENCION A LA SITUACION EPIDEMIOLOGICA.
|