COMBUSTIBLES
OP. TRANSPORTE PUBLICO-PRECIO DIFERENCIAL GAS OIL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
25-Jul-2003
Resumen:
DETERMINANSE LOS OPERADORES DE TRANSPORTE PUBLICO POR AUTOMOTOR DE JURISDICCION NACIONAL BENEFICIARIOS DEL PRECIO DIFERENCIAL DEL GASOIL. CONDICIONES A CUMPLIR POR DICHOS OPERADORES. CONCESIONARIOS DEL SERVICIO FERROVIARIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DEL AREA METROPOLITANA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, INCLUIDO EL RAMAL RETIROROSARIO Y PROVINCIAS QUE PRESTAN EL SERVICIO FERROVIARIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS INTERURBANO. PROCEDIMIENTO PARA ESTABLECER LA PARTICIPACION MENSUAL DE LOS BENEFICIARIOS SOBRE EL VOLUMEN TOTAL DE GASOIL. INTERVENCION DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE.