Administración Federal de Ingresos Públicos
CODIGO ADUANERO
Resolución General 2244
Registro de Importadores y Exportadores. Implementación del requisito de solvencia económica y constitución de garantías. Resolución General Nº 2220. Su modificación.
Bs. As., 16/4/2007
VISTO las Actuaciones SIGEA Nros. 13289-2447-2007 y 13289-6124-2007 del Registro de esta Administración Federal y la Resolución General Nº 2220, y
CONSIDERANDO:
Que la citada resolución general estableció el procedimiento aplicable para la actualización del Registro de Importadores y Exportadores, la acreditación del requisito de solvencia económica y la constitución y devolución de la garantía, a que se refieren el Artículo 94, apartado 1, inciso c) y apartado 2, inciso c) del Código Aduanero y el Artículo 12, incisos a) y b) del Decreto Nº 1001 del 21 de mayo de 1982 y sus modificaciones, texto según el Decreto Nº 1214 del 27 de septiembre de 2005.
Que la Superintendencia de Seguros de la Nación aprobó, mediante su Resolución Nº 31.776 del 6 de marzo de 2007, las condiciones contractuales en el marco de las cuales se otorgarán las pólizas de seguro de caución para garantía de inscripción en el Registro de Importadores y Exportadores.
Que consecuentemente, corresponde su incorporación a la Resolución General Nº 2220.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Recaudación y de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Modifícase la Resolución General Nº 2220, en la forma que se indica a continuación:
- Sustitúyese el Anexo VI, por el que se aprueba y forma parte de la presente.
Art. 2º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. — Alberto R. Abad.