MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 223/2020
RESOL-2020-223-APN-MTR
Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-53237313- -APN-DGD#MTR, las Leyes N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92), y N° 27.467, los Decretos N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 modificado por su similar N° 335 de fecha 4 de abril de 2020, N° 4 de fecha 2 de enero de 2020, N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020, las Decisiones Administrativas N° 963 de fecha 10 de mayo de 2018, N° 1 de fecha 10 de enero de 2020, N° 306 de fecha 13 de marzo de 2018 y N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020, las Resoluciones N° 159 de fecha 19 de marzo de 2019, N° 664 de fecha 21 de octubre de 2019, N° 129 de fecha 29 de mayo de 2020 y N° 162 de fecha 7 de julio de 2020, todas ellas del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 4 de fecha 2 de enero de 2020 se estableció que a partir del 1° de enero de 2020 rigen las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, sus normas modificatorias y complementarias.
Que por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 10 de enero de 2020, con el objeto de asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios mínimos y esenciales a cargo de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, se establecieron los recursos y los créditos presupuestarios que den inicio a la ejecución del Ejercicio Fiscal 2020.
Que por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que por el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 se modificó la Ley de Ministerios y se establecieron las competencias del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, modificado por su similar N° 335 de fecha 4 de abril de 2020, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, correspondiente al MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que por el artículo 22 del Decreto N° 335/2020 se estableció que hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría.
Que por la Decisión Administrativa N° 306 de fecha 13 de marzo de 2018 se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo y sus respectivas responsabilidades primarias y acciones del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que, ahora bien, a través del dictado de la Decisión Administrativa N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020 se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo y sus respectivas responsabilidades primarias y acciones del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que, asimismo, por su artículo 4° se homologaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, los cargos: AUDITORÍA INTERNA ADJUNTA, dependiente de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA; DIRECCIÓN DE SUMARIOS, DIRECCIÓN DE ENLACE OPERATIVO Y CONTROL DE GESTIÓN, DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES, DIRECCIÓN DE MONITOREO Y SUPERVISIÓN TÉCNICA DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES (ex Dirección de Gestión y Monitoreo de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales), DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES (ex Dirección de Administración Financiera y Presupuestaria), DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS (ex Dirección General Técnica y Administrativa), COORDINACIÓN DE HIGIENE LABORAL Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO, DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, COORDINACIÓN DE SERVICIOS GENERALES (ex Dirección de Servicios Generales y Racionalización de Espacios Físicos), DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA (ex Dirección de Informática), COORDINACIÓN DE DISEÑO Y DESARROLLO DE SISTEMAS (ex Dirección de Integración de Sistemas), DIRECCIÓN DE GESTIÓN DOCUMENTAL, DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN (ex Dirección General del Servicio de Administración Financiera), COORDINACIÓN DE TESORERÍA, DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO, DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD, DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES (ex Dirección de Contratación de Bienes y Servicios), DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL (ex Dirección de Administración de Recursos Humanos), DIRECCIÓN DE DESARROLLO Y PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS (ex Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos), DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, DIRECCIÓN DE DICTÁMENES, DIRECCIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICO - JURÍDICA Y ARTICULACIÓN LEGAL (ex Dirección de Asistencia Técnica Jurídica), DIRECCIÓN DE ASUNTOS JUDICIALES (ex Dirección de Asuntos Legales y Judiciales), todos ellos dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA; COORDINACIÓN DE MEDIOS, COORDINACIÓN DE CONTENIDOS, DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES, COORDINACIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES, COORDINACIÓN DE VÍNCULOS NACIONALES (ex Coordinación de Asuntos Públicos), todos dependientes de la UNIDAD DE GABINETE DE ASESORES; DIRECCIÓN DE ESTUDIOS Y PROYECTOS DE TRANSPORTE INTERURBANO E INTERNACIONAL DE PASAJEROS (ex Dirección de Planes de Transporte Interurbano e internacional de Pasajeros), DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA (ex Dirección de Logística Urbana), todos dependientes de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE; DIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE, DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE, DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FERROVIARIO (ex Dirección Nacional de Gestión del Sistema Ferroviario), DIRECCIÓN NACIONAL TÉCNICA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, DIRECCIÓN DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS DE TRANSPORTE FERROVIARIO, DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN Y CONTROL FINANCIERO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, DIRECCIÓN DE GESTIÓN ECONÓMICA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS, DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE PERMISOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS, DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE PERMISOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, DIRECCIÓN DE POLÍTICA NAVIERA Y MARINA MERCANTE (ex Dirección Nacional de Política Naviera y Portuaria), COORDINACIÓN DE ESTUDIOS Y ESTADÍSTICAS (ex Dirección de Estudios y Estadísticas), DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, DIRECCIÓN DE OPERACIONES (ex Dirección de Logística y Operaciones), DIRECCIÓN DE CONTROL TÉCNICO Y HABILITACIONES (ex Dirección de Control Técnico de Concesiones), DIRECCIÓN DE CONTROL DOCUMENTAL, CONTABLE Y PATRIMONIAL (ex Dirección de Control Legal, Contable y Patrimonial de Concesiones), todos dependientes de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE; DIRECCIÓN NACIONAL DE IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (ex Dirección de Implementación y Seguimiento del Sistema Único de Boleto Electrónico), DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE FONDOS FIDUCIARIOS, DIRECCIÓN DE FONDOS FIDUCIARIOS, DIRECCIÓN DE SUBSIDIOS AL TRANSPORTE, todos de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL; DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN DE OBRA (ex Dirección Nacional de Inspección de Obras), DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTICULACIÓN Y ASESORAMIENTO LEGAL, ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO (ex Dirección Nacional de Asesoramiento Legal, Administrativo y Financiero), pertenecientes a la UNIDAD EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL CORREDOR FERROVIARIO CABALLITO – MORENO DE LA LÍNEA SARMIENTO, correspondientes al MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que por el artículo 1° del Decreto N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020 se autorizó a los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas y se estableció que el acto administrativo que la disponga deberá comunicarse a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días del dictado del mismo.
Que por la Decisión Administrativa N° 963 de fecha 10 de mayo de 2018 se designó transitoriamente al señor Horacio ALFONSO, D.N.I. N° 24.655.457, en UN (1) cargo Nivel C - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, de la planta permanente de la entonces SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, actual SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, para cumplir funciones como ANALISTA ADMINISTRATIVO DEL DESPACHO.
Que por las Resoluciones N° 159 de fecha 19 de marzo de 2019 y N° 664 de fecha 21 de octubre de 2019, ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se prorrogó la designación transitoria del señor Horacio ALFONSO.
Que por las Resoluciones N° 129 de fecha 29 de mayo de 2020 y N° 162 de fecha 07 de julio de 2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se prorrogaron en iguales términos las designaciones transitorias de los funcionarios que en la misma se enuncian.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 132 de fecha 10 de febrero de 2020, modificado por su similar Nº 672 de fecha 13 de agosto de 2020, se estableció que las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, con algunas excepciones, no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza que afecten fuentes de financiamiento presupuestarias hasta el 31 de diciembre de 2020, quedando exceptuadas de dicha prohibición, las designaciones y contrataciones de personal que cuente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Que por el artículo 2º inciso b) del citado decreto se dispuso que quedan exceptuadas de lo establecido en el artículo 1º de la citada norma las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos.
Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE TRANSPORTE solicitó las prórrogas de las designaciones transitorias de los funcionarios detallados en su Nota N° NO-2020-46955323-APN-UAI#MTR de fecha 22 de julio de 2020.
Que la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE TRANSPORTE solicitó la prórroga de la designación transitoria del funcionario mencionado en su Nota N° NO-2020-47334323-APN-UGA#MTR de fecha 23 de julio de 2020.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE solicitó las prórrogas de las designaciones transitorias de los funcionarios señalados en su Nota N° NO-2020-51775618-APN-SSGA#MTR de fecha 6 de agosto de 2020.
Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE solicitó las prórrogas de las designaciones transitorias de los funcionarios indicados en las Notas N° NO-2020-47909808-APN-SECGT#MTR de fecha 24 de julio de 2020 y N° NO-2020-54132318-APN-SECGT#MTR de fecha 18 de agosto de 2020.
Que la entonces DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia mediante su Nota N° NO-2020-54295999-APN-DGSAF#MTR de fecha 18 de agosto de 2020.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia a través de la Providencia N° PV-2020-54385744-APN-DGRRHH#MTR de fecha 19 de agosto de 2020.
Que la entonces DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE señaló en su Informe N° IF-2020-54723467-APNDARRHH#MTR de fecha 20 de agosto de 2020, que las prórrogas se realizan en iguales términos de las designaciones oportunamente emitidas, de acuerdo a los requisitos de acceso al Nivel del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado a través del Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que atento el dictado de la Decisión Administrativa N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020 en la que se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo y sus respectivas responsabilidades primarias y acciones del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se dio intervención a la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO quien se expidió a través de su Informe N° IF-2020-68778065-APN-ONEP#JGM de fecha 13 de octubre de 2020 en el que consideró que hay objeciones a la continuidad del acto administrativo como se propicia.
Que, en ese marco, tomó nueva intervención la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE (conf. Providencias N° PV-2020-68964773-APN-SSGA#MTR y N° PV-2020-69699218-APN-SSGA#MTR) propiciando la suscripción de la presente medida en los términos del Anexo suscripto por el Subsecretario de Gestión Administrativa (IF-2020-69699227-APN-SSGA#MTR).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 1° del Decreto N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020 y por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92).
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dánse por prorrogadas las designaciones transitorias de los funcionarios detallados en el Anexo (IF-2020-69699227-APN-SSGA#MTR), a partir del 1° de septiembre de 2020 y hasta las fechas indicadas en cada caso, en los términos del Decreto N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020, y en las mismas condiciones que las decisiones administrativas de sus designaciones, todos ellos dependientes del MINISTERIO DE TRANSPORTE, autorizándose el respectivo pago por Suplemento de Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal, homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2°.- Dáse por prorrogada a partir del 1° de septiembre de 2020 y hasta el día 31 de diciembre de 2020, en los términos del Decreto N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020, la designación transitoria correspondiente al señor Horacio ALFONSO, DNI N° 24.655.457, en UN (1) cargo Nivel C - Grado 0 de la planta permanente de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, para cumplir funciones como ANALISTA ADMINISTRATIVO DEL DESPACHO, en los mismos términos de la Decisión Administrativa N° 963 de fecha 10 de mayo de 2018.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en orden a lo dispuesto por el Decreto Nº 132 de fecha 10 de febrero de 2020 y sus modificatorios y por el Decreto Nº 328 de fecha 31 de marzo de 2020, dentro del plazo de CINCO (5) días del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las Partidas de la Actividad Programática 1 “Actividades Centrales”, del Inciso 1 “Gastos en Personal”, de Fuente de Financiamiento 11 “Tesoro Nacional” y del Programa 91 “Coordinación de Políticas de Transporte Fluvial y Marítimo”, del presupuesto vigente de la Jurisdicción 57, SAF 327 - MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mario Andrés Meoni
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
Resolución 223/2020
RESOL-2020-223-APN-MTR
Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-53237313- -APN-DGD#MTR, las Leyes N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92), y N° 27.467, los Decretos N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 modificado por su similar N° 335 de fecha 4 de abril de 2020, N° 4 de fecha 2 de enero de 2020, N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020, las Decisiones Administrativas N° 963 de fecha 10 de mayo de 2018, N° 1 de fecha 10 de enero de 2020, N° 306 de fecha 13 de marzo de 2018 y N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020, las Resoluciones N° 159 de fecha 19 de marzo de 2019, N° 664 de fecha 21 de octubre de 2019, N° 129 de fecha 29 de mayo de 2020 y N° 162 de fecha 7 de julio de 2020, todas ellas del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 4 de fecha 2 de enero de 2020 se estableció que a partir del 1° de enero de 2020 rigen las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, sus normas modificatorias y complementarias.
Que por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 10 de enero de 2020, con el objeto de asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios mínimos y esenciales a cargo de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, se establecieron los recursos y los créditos presupuestarios que den inicio a la ejecución del Ejercicio Fiscal 2020.
Que por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que por el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 se modificó la Ley de Ministerios y se establecieron las competencias del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, modificado por su similar N° 335 de fecha 4 de abril de 2020, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, correspondiente al MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que por el artículo 22 del Decreto N° 335/2020 se estableció que hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría.
Que por la Decisión Administrativa N° 306 de fecha 13 de marzo de 2018 se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo y sus respectivas responsabilidades primarias y acciones del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que, ahora bien, a través del dictado de la Decisión Administrativa N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020 se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo y sus respectivas responsabilidades primarias y acciones del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que, asimismo, por su artículo 4° se homologaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, los cargos: AUDITORÍA INTERNA ADJUNTA, dependiente de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA; DIRECCIÓN DE SUMARIOS, DIRECCIÓN DE ENLACE OPERATIVO Y CONTROL DE GESTIÓN, DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES, DIRECCIÓN DE MONITOREO Y SUPERVISIÓN TÉCNICA DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES (ex Dirección de Gestión y Monitoreo de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales), DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES (ex Dirección de Administración Financiera y Presupuestaria), DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS (ex Dirección General Técnica y Administrativa), COORDINACIÓN DE HIGIENE LABORAL Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO, DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES, COORDINACIÓN DE SERVICIOS GENERALES (ex Dirección de Servicios Generales y Racionalización de Espacios Físicos), DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA (ex Dirección de Informática), COORDINACIÓN DE DISEÑO Y DESARROLLO DE SISTEMAS (ex Dirección de Integración de Sistemas), DIRECCIÓN DE GESTIÓN DOCUMENTAL, DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN (ex Dirección General del Servicio de Administración Financiera), COORDINACIÓN DE TESORERÍA, DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO, DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD, DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES (ex Dirección de Contratación de Bienes y Servicios), DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL (ex Dirección de Administración de Recursos Humanos), DIRECCIÓN DE DESARROLLO Y PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS (ex Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos), DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, DIRECCIÓN DE DICTÁMENES, DIRECCIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICO - JURÍDICA Y ARTICULACIÓN LEGAL (ex Dirección de Asistencia Técnica Jurídica), DIRECCIÓN DE ASUNTOS JUDICIALES (ex Dirección de Asuntos Legales y Judiciales), todos ellos dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA; COORDINACIÓN DE MEDIOS, COORDINACIÓN DE CONTENIDOS, DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES, COORDINACIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES, COORDINACIÓN DE VÍNCULOS NACIONALES (ex Coordinación de Asuntos Públicos), todos dependientes de la UNIDAD DE GABINETE DE ASESORES; DIRECCIÓN DE ESTUDIOS Y PROYECTOS DE TRANSPORTE INTERURBANO E INTERNACIONAL DE PASAJEROS (ex Dirección de Planes de Transporte Interurbano e internacional de Pasajeros), DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA (ex Dirección de Logística Urbana), todos dependientes de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE; DIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE, DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE, DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FERROVIARIO (ex Dirección Nacional de Gestión del Sistema Ferroviario), DIRECCIÓN NACIONAL TÉCNICA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, DIRECCIÓN DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS DE TRANSPORTE FERROVIARIO, DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN Y CONTROL FINANCIERO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, DIRECCIÓN DE GESTIÓN ECONÓMICA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS, DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE PERMISOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS, DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE PERMISOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, DIRECCIÓN DE POLÍTICA NAVIERA Y MARINA MERCANTE (ex Dirección Nacional de Política Naviera y Portuaria), COORDINACIÓN DE ESTUDIOS Y ESTADÍSTICAS (ex Dirección de Estudios y Estadísticas), DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, DIRECCIÓN DE OPERACIONES (ex Dirección de Logística y Operaciones), DIRECCIÓN DE CONTROL TÉCNICO Y HABILITACIONES (ex Dirección de Control Técnico de Concesiones), DIRECCIÓN DE CONTROL DOCUMENTAL, CONTABLE Y PATRIMONIAL (ex Dirección de Control Legal, Contable y Patrimonial de Concesiones), todos dependientes de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE; DIRECCIÓN NACIONAL DE IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (ex Dirección de Implementación y Seguimiento del Sistema Único de Boleto Electrónico), DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE FONDOS FIDUCIARIOS, DIRECCIÓN DE FONDOS FIDUCIARIOS, DIRECCIÓN DE SUBSIDIOS AL TRANSPORTE, todos de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL; DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN DE OBRA (ex Dirección Nacional de Inspección de Obras), DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTICULACIÓN Y ASESORAMIENTO LEGAL, ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO (ex Dirección Nacional de Asesoramiento Legal, Administrativo y Financiero), pertenecientes a la UNIDAD EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL CORREDOR FERROVIARIO CABALLITO – MORENO DE LA LÍNEA SARMIENTO, correspondientes al MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que por el artículo 1° del Decreto N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020 se autorizó a los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas y se estableció que el acto administrativo que la disponga deberá comunicarse a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días del dictado del mismo.
Que por la Decisión Administrativa N° 963 de fecha 10 de mayo de 2018 se designó transitoriamente al señor Horacio ALFONSO, D.N.I. N° 24.655.457, en UN (1) cargo Nivel C - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, de la planta permanente de la entonces SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, actual SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, para cumplir funciones como ANALISTA ADMINISTRATIVO DEL DESPACHO.
Que por las Resoluciones N° 159 de fecha 19 de marzo de 2019 y N° 664 de fecha 21 de octubre de 2019, ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se prorrogó la designación transitoria del señor Horacio ALFONSO.
Que por las Resoluciones N° 129 de fecha 29 de mayo de 2020 y N° 162 de fecha 07 de julio de 2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se prorrogaron en iguales términos las designaciones transitorias de los funcionarios que en la misma se enuncian.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 132 de fecha 10 de febrero de 2020, modificado por su similar Nº 672 de fecha 13 de agosto de 2020, se estableció que las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, con algunas excepciones, no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza que afecten fuentes de financiamiento presupuestarias hasta el 31 de diciembre de 2020, quedando exceptuadas de dicha prohibición, las designaciones y contrataciones de personal que cuente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Que por el artículo 2º inciso b) del citado decreto se dispuso que quedan exceptuadas de lo establecido en el artículo 1º de la citada norma las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos.
Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE TRANSPORTE solicitó las prórrogas de las designaciones transitorias de los funcionarios detallados en su Nota N° NO-2020-46955323-APN-UAI#MTR de fecha 22 de julio de 2020.
Que la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE TRANSPORTE solicitó la prórroga de la designación transitoria del funcionario mencionado en su Nota N° NO-2020-47334323-APN-UGA#MTR de fecha 23 de julio de 2020.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE solicitó las prórrogas de las designaciones transitorias de los funcionarios señalados en su Nota N° NO-2020-51775618-APN-SSGA#MTR de fecha 6 de agosto de 2020.
Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE solicitó las prórrogas de las designaciones transitorias de los funcionarios indicados en las Notas N° NO-2020-47909808-APN-SECGT#MTR de fecha 24 de julio de 2020 y N° NO-2020-54132318-APN-SECGT#MTR de fecha 18 de agosto de 2020.
Que la entonces DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia mediante su Nota N° NO-2020-54295999-APN-DGSAF#MTR de fecha 18 de agosto de 2020.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia a través de la Providencia N° PV-2020-54385744-APN-DGRRHH#MTR de fecha 19 de agosto de 2020.
Que la entonces DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE señaló en su Informe N° IF-2020-54723467-APNDARRHH#MTR de fecha 20 de agosto de 2020, que las prórrogas se realizan en iguales términos de las designaciones oportunamente emitidas, de acuerdo a los requisitos de acceso al Nivel del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado a través del Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que atento el dictado de la Decisión Administrativa N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020 en la que se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo y sus respectivas responsabilidades primarias y acciones del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se dio intervención a la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO quien se expidió a través de su Informe N° IF-2020-68778065-APN-ONEP#JGM de fecha 13 de octubre de 2020 en el que consideró que hay objeciones a la continuidad del acto administrativo como se propicia.
Que, en ese marco, tomó nueva intervención la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE (conf. Providencias N° PV-2020-68964773-APN-SSGA#MTR y N° PV-2020-69699218-APN-SSGA#MTR) propiciando la suscripción de la presente medida en los términos del Anexo suscripto por el Subsecretario de Gestión Administrativa (IF-2020-69699227-APN-SSGA#MTR).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 1° del Decreto N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020 y por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92).
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dánse por prorrogadas las designaciones transitorias de los funcionarios detallados en el Anexo (IF-2020-69699227-APN-SSGA#MTR), a partir del 1° de septiembre de 2020 y hasta las fechas indicadas en cada caso, en los términos del Decreto N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020, y en las mismas condiciones que las decisiones administrativas de sus designaciones, todos ellos dependientes del MINISTERIO DE TRANSPORTE, autorizándose el respectivo pago por Suplemento de Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal, homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2°.- Dáse por prorrogada a partir del 1° de septiembre de 2020 y hasta el día 31 de diciembre de 2020, en los términos del Decreto N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020, la designación transitoria correspondiente al señor Horacio ALFONSO, DNI N° 24.655.457, en UN (1) cargo Nivel C - Grado 0 de la planta permanente de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, para cumplir funciones como ANALISTA ADMINISTRATIVO DEL DESPACHO, en los mismos términos de la Decisión Administrativa N° 963 de fecha 10 de mayo de 2018.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en orden a lo dispuesto por el Decreto Nº 132 de fecha 10 de febrero de 2020 y sus modificatorios y por el Decreto Nº 328 de fecha 31 de marzo de 2020, dentro del plazo de CINCO (5) días del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las Partidas de la Actividad Programática 1 “Actividades Centrales”, del Inciso 1 “Gastos en Personal”, de Fuente de Financiamiento 11 “Tesoro Nacional” y del Programa 91 “Coordinación de Políticas de Transporte Fluvial y Marítimo”, del presupuesto vigente de la Jurisdicción 57, SAF 327 - MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mario Andrés Meoni
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/10/2020 N° 48055/20 v. 20/10/2020
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)