Resolución Conjunta 2 / 2021
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
Resolución Conjunta 2 / 2021
MINISTERIO DE ECONOMIA
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Resolución Conjunta 1 / 2017
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA Resolución Conjunta 1 / 2017MINISTERIO DE PRODUCCION |
Fecha publicación 18-Mayo-2017 |
Descripción
GRAN USUARIO DISTRIBUCIONUSUARIOS ELECTROINTENSIVOS ESTABLECESE QUE LAS EMPRESAS CUYO CODIGO DE ACTIVIDAD PRINCIPAL DECLARADO ANTE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, ENTIDAD AUTARQUICA EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE HACIENDA, QUE A LA FECHA DE PUBLICACION DE LA PRESENTE MEDIDA, SE CORRESPONDA CON ALGUNO DE LOS DETALLADOS EN EL ANEXO I (IF-2017-08653345-APN-MP) QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCION, Y SE ENCUENTREN CATEGORIZADAS COMO GRANDES DEMANDAS DE DISTRIBUIDORES (GRAN USUARIO DISTRIBUCION - GUDIS-), CON DEMANDA DE POTENCIA IGUAL O SUPERIORA TRESCIENTOS KILOVATIOS (300 KW), RECIBIRAN DURANTE EL PERIODO INDICADO EN EL ARTICULO 3° DE LA PRESENTE RESOLUCION, UN DESCUENTO DE HASTA EL VEINTE POR CIENTO (20 %) SOBRE LOS PRECIOS ESTACIONALES DE REFERENCIA VIGENTES AL MOMENTO DE CADA TRANSACCION ECONOMICA, SEGUN CORRESPONDA A CONSUMOS EN HORAS PICO, EN HORAS RESTANTES Y EN HORAS DE VALLE, HASTA EL LIMITE DE CONSUMO DE QUINCE MIL MEGAVATIO HORA (15.000 MWH).
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Normativa / Número
Resolución Conjunta 3 / 2019
SECRETARIA DE GOBIERNO DE ENERGIA Resolución Conjunta 3 / 2019MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO |
Fecha publicación 11-Sep-2019 |
Descripción
RESOLUCION CONJUNTA 1/2017 - PRORROGAPRORROGAR LA VIGENCIA DE LOS MECANISMOS Y DESCUENTOS ESTABLECIDOS EN LA RESOLUCION CONJUNTA 1 DEL 16 DE MAYO DE 2017 DEL EX MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA Y DEL EX MINISTERIO DE PRODUCCION, PARA AQUELLAS EMPRESAS QUE HUBIERAN RESULTADO BENEFICIARIAS DE LOS DESCUENTOS PREVISTOS EN LOS ARTICULOS 1° Y 2° DE LA CITADA RESOLUCION O DEL PRECIO DIFERENCIAL PREVISTO EN SU ARTICULO 4°, Y SE ENCONTRAREN EN CURSO NORMAL DE CUMPLIMIENTO DE LAS PREVISIONES DISPUESTAS EN EL ANEXO V DE LA REFERIDA MEDIDA, A PARTIR DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020, INCLUSIVE.
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Normativa / Número
Ley 27541
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 23-Dic-2019 |
Descripción
LEY DE SOLIDARIDAD SOCIAL Y REACTIVACION PRODUCTIVADECLARASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA ECONOMICA, FINANCIERA, FISCAL, ADMINISTRATIVA, PREVISIONAL, TARIFARIA, ENERGETICA, SANITARIA Y SOCIAL, Y DELEGANSE EN EL PODER EJECUTIVO NACIONAL, LAS FACULTADES COMPRENDIDAS EN LA PRESENTE LEY.
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