Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA


MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA URBANA

Resolución 2/2018

Ciudad de Buenos Aires, 10/04/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-15243798- -APN-SIU#MI del registro de este Ministerio, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92 y sus modificatorias), el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.

Que en el marco de lo dispuesto a través del Reglamento denominado Plan Nacional de Hábitat, aprobado por Resolución MIOPV N°122/2017, y en la órbita de la Ex Secretaría de Vivienda y Hábitat se celebraron diversos convenios, los cuales contenían entre sus componentes módulos de Desarrollo Humano.

Que en función del reordenamiento de las áreas de las distintas reparticiones del Poder Ejecutivo se dictó el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018, creándose en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA URBANA.

Que el referido Decreto, en su ANEXO II, aprueba la estructura y los objetivos de las unidades organizativas, entre las cuales se encuentran la de la SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA

Que en ese sentido, se encuentran entre los objetivos de la mencionada Secretaría los de promover a nivel nacional el desarrollo de ciudades y asentamientos informales compactos, inclusivos, sustentables y resilientes, mediante el diseño y ejecución de políticas y programas nacionales de infraestructura y servicios urbanos.

Que en función de las nuevas competencias asumidas por la SECRETARÍA corresponde readecuar de los convenios específicos firmados con las UNIDADES EJECUTORAS, el COMPONENTE relacionado al rubro de DESARROLLO HUMANO que se encuentre pendiente de ejecución, a los efectos de transferir el mismo a la ejecución de la obra física, la que deberá ser incorporado al COMPONENTE URBANO.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio conforme el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018.

Por ello, y en uso de sus facultades;

LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Adhiérase a los Convenios firmados por la Ex SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT, que se ejecutaron en el marco del Programa 37, Acciones del Programa “HÁBITAT NACIÓN” de la EX_SUBSECRETARIA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO, la siguiente clausula: “Readecúense los fondos provenientes del componente de DESARROLLO HUMANO, pendientes de ejecución al 31 de enero de 2018”.

ARTICULO 2°.- A los efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el Artículo 1°, las Unidades Ejecutoras deberán acompañar en el plazo de 30 días contado desde la notificación de la presente, el nuevo proyecto ejecutivo, con su correspondiente plan de trabajo, cómputo y presupuesto, a los fines de ser incorporados a los convenios respectivos bajo apercibimiento de que dichos fondos sean desafectados.

ARTÍCULO 3º.- Las disposiciones de la presente medida regirán a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marina Klemensiewicz.

e. 16/04/2018 N° 24639/18 v. 16/04/2018
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