RIESGOS DEL TRABAJO
PREMIO MENSUAL
Resumen:
ESTABLECESE QUE EL PREMIO MENSUAL PARA LA COBERTURA DE RIESGOS DEL TRABAJO DE AQUELLOS TRABAJADORES INCLUIDOS EN EL CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL ENTRE LAS ENTIDADES REPRESENTATIVAS DE LA ACTIVIDAD AGRICOLA DE LA PROVINCIA DEL CHACO Y LA UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (U.A.T.R.E.), HOMOLOGADO MEDIANTE RESOLUCION DE LA SECRETARIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (S.S.S.) Nº 15 DE FECHA 15 DE JUNIO DE 2012, QUE SE ENCUENTREN DECLARADOS CON EL CODIGO DE MODALIDAD QUE DISPUSO OPORTUNAMENTE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (A.F.I.P.), DEBERA ENCONTRARSE DENTRO DE LOS LIMITES DEFINIDOS EN EL ANEXO IF-2017-26332564- APN-SCE#SRT DE LA PRESENTE RESOLUCION.