SEGURIDAD SOCIAL
MONOTRIBUTISTAS - COBERTURA MEDICA -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
12-Ene-2001
Resumen:
ESTABLECESE QUE LOS AGENTES DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD PODRAN BRINDAR COBERTURA MEDICO ASISTENCIAL A LOS EMPLEADOS DE LOS MONOTRIBUTISTAS, PERCIBIENDO EN CONCEPTO DE APORTES Y CONTRIBUCIONES LOS PREVISTOS EN LOS INCISOS B) Y C) DEL ARTICULO 48 DEL ANEXO DE LA LEY NRO. 25.239. (NOTA: ABROGADO POR ART. 12 DE LA RES. 119/2001 - BO 17/4/01).-