REGISTRO DE PRODUCTOS QUIMICOS
PRORROGA EN EL PLAZO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
14-Jul-1995
Resumen:
PRORROGASE EL PLAZO ESTIPULADO EN EL ART. 6º DE LA RES. Nº 140/95 DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA GANADERIA Y PESCA, EN TREINTA (30) DIAS.
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 2° DE LA RESOLUCION N° 913/2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - B.O. 17/07/2012 - PAG. 33