SALARIOS
EXPLOTACIONES AGRARIAS (PROV. MENDOZA Y SAN JUAN)
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
11-Mayo-1995
Resumen:
LAS REMUNERACIONES MINIMAS PARA EL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL REGIMEN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO (LEY 22.248) QUE SE DESEMPEÑA EN EXPLOTACIONES AGRARIAS EN TAREAS PERMANENTES, DE MANERA CONTINUA O TRANSITORIA (EX-ESTATUTO DEL PEON), EN JURISDICCION DE LACOMISION ASESORA REGIONAL Nº 6, PARA LAS PROVINCIAS DE MENDOZA Y SAN JUAN, A PARTIR DEL 1º DE FEBRERO DE 1995 Y 1º DE JULIO DE 1995, SERAN LAS QUE SE CONSIGNAN EN LOS ANEXOS I Y II, QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCION.-
Observaciones:
ABROGADA POR RESOLUCION NRO. 11/2003 - ART. 8 - BOLETIN OFICIAL 25/6/2003 - PAG. 4.