MINISTERIO DE SALUD
SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS
Resolución Nº 195/2013
Bs. As., 14/11/2013
VISTO el Expediente Nº 2002-0838373903-13-8 del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Resolución Ministerial Nº 1862 del 8 de noviembre de 2011, la Resolución SPyPS Nº 96 del 28 de marzo de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde a este Ministerio suscribir los convenios para dar cumplimiento a las prestaciones a brindar a los afiliados al ex-PROGRAMA FEDERAL DE SALUD (PROFE), HOY PROGRAMA FEDERAL DE SALUD “INCLUIR SALUD”, radicados en las diferentes jurisdicciones.
Que en ese orden, por Resolución Ministerial Nº 1862 del 8 de noviembre del 2011, se aprobaron los lineamientos y la normativa que regula el funcionamiento del PROGRAMA FEDERAL DE SALUD “INCLUIR SALUD” y el Modelo de Convenio a suscribirse entre este MINISTERIO DE SALUD, las distintas jurisdicciones provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; como así también los contenidos mínimos del Compromiso Anual con las provincias.
Que por el artículo 9 de la citada Resolución Ministerial, se autorizó a la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS a suscribir los Convenios y Compromisos Anuales a firmarse con las distintas jurisdicciones.
Que, en dicho encuadre normativo, se suscribió con las distintas jurisdicciones el Convenio Marco de cápita básica para brindar cobertura médica a la población afiliada al PROGRAMA FEDERAL DE SALUD (PROFE) residente en cada una de ellas, con vigencia por SESENTA (60) meses desde la fecha de suscripción.
Que asimismo y en el marco de dicho Convenio, se suscribieron DOS Compromisos Anuales en los que se definen las expectativas comunes y responsabilidades respecto de atención, cumplimiento de metas y objetivos, acciones tendiente al logro de los mismos y el financiamiento de las prestaciones, con vigencia por DOCE (12) meses cada uno de ellos, desde la fecha de suscripción.
Que el Compromiso Anual vigente se encuentra próximo a su vencimiento.
Que además en ese orden se suscribió un Convenio Anual de Gestión, en el marco de lo establecido en la Cláusula Séptima 7.3 del Convenio Marco, por el que se fija una cápita complementaria a transferir a la provincia, de acuerdo al porcentual de cumplimiento que la misma alcance respecto de los indicadores de gestión que se establecen al efecto, para los rubros PACBI, Trasplantes y Salud Mental, con una vigencia de DOCE (12) meses desde la fecha de suscripción.
Que el Convenio Anual de Gestión vigente se encuentra próximo a su vencimiento.
Que ha resultado necesario adecuar los indicadores de cumplimiento establecidos en el convenio vigente.
Que las trasferencias se realizarán por los importes que al efecto autorice la DIRECCION NACIONAL DE PRESTACIONES MEDICAS, previo los informes e intervenciones correspondientes.
Que, asimismo, mediante Resolución SPyPS Nº 96 del 28 de marzo de 2011, se aprobó el Reglamento Operativo del PROGRAMA FEDERAL “INCLUIR SALUD”.
Que resulta necesario efectuar la modificación del mencionado Reglamento Operativo, en sus Capítulos 1, 6, 7 y 8, con el objetivo principal de disminuir el tiempo de liquidación de la facturación y para la incorporación en PACBI de nueva medicación para patologías poco frecuentes, las que por el desarrollo de nuevas moléculas y el elevado costo de las mismas le dificultan a las provincias afrontar el impacto económico con la cápita.
Que corresponde sustituir el ANEXO II del CONVENIO MARCO, cuyo modelo fuera aprobado por Resolución Ministerial Nº 1862/11. Que la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION ha efectuado preventivamente la erogación pertinente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha intervenido conforme le corresponde.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 72/02, Nº 355/02 y Nº 1606/02 y la Resolución Ministerial Nº 1862 del 8 de noviembre de 2011.
Por ello,
EL SECRETARIO DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS
RESUELVE:
ARTICULO 1 — Apruébase el “MODELO DE COMPROMISO ANUAL 2014” que como ANEXO I forma parte integrante de la presente, a celebrarse con las diferentes jurisdicciones, con vigencia por DOCE (12) meses desde la fecha de su suscripción y en el que se establece un incremento del QUINCE POR CIENTO (15%) sobre la cápita básica prevista en el Compromiso vigente y un incremento del QUINCE POR CIENTO (15%) a la retención PACBI sobre el valor de retención vigente, importe al que se le adiciona la suma fija de PESOS CINCO ($ 5,00) a efectos de recomponer los porcentajes históricos de dicha retención.
ARTICULO 2 — Apruébase el “MODELO DE CONVENIO ANUAL DE GESTION” que como ANEXO II forma parte integrante de la presente, a suscribirse con las distintas jurisdicciones, con vigencia por DOCE (12) meses desde la fecha de su suscripción, y mediante el cual se fija una cápita complementaria a transferir a las provincias de acuerdo al porcentual de cumplimiento de la misma de los indicadores de gestión PACBI, trasplantes y salud mental, para los cuales se adecuaron los respectivos indicadores.
ARTICULO 3 — Sustitúyanse los Capítulos 1, 6, 7 y 8 del REGLAMENTO OPERATIVO DEL PROGRAMA “INCLUIR SALUD” de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO III que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 4 — Sustitúyase el ANEXO II del CONVENIO MARCO cuyo modelo fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 1862 del 8 de noviembre de 2011, que como ANEXO IV forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. MAXIMO A. DIOSQUE, Secretario de Promoción y Programas Sanitarios, Ministerio de Salud de la Nación.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS
Resolución Nº 195/2013
Bs. As., 14/11/2013
VISTO el Expediente Nº 2002-0838373903-13-8 del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Resolución Ministerial Nº 1862 del 8 de noviembre de 2011, la Resolución SPyPS Nº 96 del 28 de marzo de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde a este Ministerio suscribir los convenios para dar cumplimiento a las prestaciones a brindar a los afiliados al ex-PROGRAMA FEDERAL DE SALUD (PROFE), HOY PROGRAMA FEDERAL DE SALUD “INCLUIR SALUD”, radicados en las diferentes jurisdicciones.
Que en ese orden, por Resolución Ministerial Nº 1862 del 8 de noviembre del 2011, se aprobaron los lineamientos y la normativa que regula el funcionamiento del PROGRAMA FEDERAL DE SALUD “INCLUIR SALUD” y el Modelo de Convenio a suscribirse entre este MINISTERIO DE SALUD, las distintas jurisdicciones provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; como así también los contenidos mínimos del Compromiso Anual con las provincias.
Que por el artículo 9 de la citada Resolución Ministerial, se autorizó a la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS a suscribir los Convenios y Compromisos Anuales a firmarse con las distintas jurisdicciones.
Que, en dicho encuadre normativo, se suscribió con las distintas jurisdicciones el Convenio Marco de cápita básica para brindar cobertura médica a la población afiliada al PROGRAMA FEDERAL DE SALUD (PROFE) residente en cada una de ellas, con vigencia por SESENTA (60) meses desde la fecha de suscripción.
Que asimismo y en el marco de dicho Convenio, se suscribieron DOS Compromisos Anuales en los que se definen las expectativas comunes y responsabilidades respecto de atención, cumplimiento de metas y objetivos, acciones tendiente al logro de los mismos y el financiamiento de las prestaciones, con vigencia por DOCE (12) meses cada uno de ellos, desde la fecha de suscripción.
Que el Compromiso Anual vigente se encuentra próximo a su vencimiento.
Que además en ese orden se suscribió un Convenio Anual de Gestión, en el marco de lo establecido en la Cláusula Séptima 7.3 del Convenio Marco, por el que se fija una cápita complementaria a transferir a la provincia, de acuerdo al porcentual de cumplimiento que la misma alcance respecto de los indicadores de gestión que se establecen al efecto, para los rubros PACBI, Trasplantes y Salud Mental, con una vigencia de DOCE (12) meses desde la fecha de suscripción.
Que el Convenio Anual de Gestión vigente se encuentra próximo a su vencimiento.
Que ha resultado necesario adecuar los indicadores de cumplimiento establecidos en el convenio vigente.
Que las trasferencias se realizarán por los importes que al efecto autorice la DIRECCION NACIONAL DE PRESTACIONES MEDICAS, previo los informes e intervenciones correspondientes.
Que, asimismo, mediante Resolución SPyPS Nº 96 del 28 de marzo de 2011, se aprobó el Reglamento Operativo del PROGRAMA FEDERAL “INCLUIR SALUD”.
Que resulta necesario efectuar la modificación del mencionado Reglamento Operativo, en sus Capítulos 1, 6, 7 y 8, con el objetivo principal de disminuir el tiempo de liquidación de la facturación y para la incorporación en PACBI de nueva medicación para patologías poco frecuentes, las que por el desarrollo de nuevas moléculas y el elevado costo de las mismas le dificultan a las provincias afrontar el impacto económico con la cápita.
Que corresponde sustituir el ANEXO II del CONVENIO MARCO, cuyo modelo fuera aprobado por Resolución Ministerial Nº 1862/11. Que la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION ha efectuado preventivamente la erogación pertinente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha intervenido conforme le corresponde.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 72/02, Nº 355/02 y Nº 1606/02 y la Resolución Ministerial Nº 1862 del 8 de noviembre de 2011.
Por ello,
EL SECRETARIO DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS
RESUELVE:
ARTICULO 1 — Apruébase el “MODELO DE COMPROMISO ANUAL 2014” que como ANEXO I forma parte integrante de la presente, a celebrarse con las diferentes jurisdicciones, con vigencia por DOCE (12) meses desde la fecha de su suscripción y en el que se establece un incremento del QUINCE POR CIENTO (15%) sobre la cápita básica prevista en el Compromiso vigente y un incremento del QUINCE POR CIENTO (15%) a la retención PACBI sobre el valor de retención vigente, importe al que se le adiciona la suma fija de PESOS CINCO ($ 5,00) a efectos de recomponer los porcentajes históricos de dicha retención.
ARTICULO 2 — Apruébase el “MODELO DE CONVENIO ANUAL DE GESTION” que como ANEXO II forma parte integrante de la presente, a suscribirse con las distintas jurisdicciones, con vigencia por DOCE (12) meses desde la fecha de su suscripción, y mediante el cual se fija una cápita complementaria a transferir a las provincias de acuerdo al porcentual de cumplimiento de la misma de los indicadores de gestión PACBI, trasplantes y salud mental, para los cuales se adecuaron los respectivos indicadores.
ARTICULO 3 — Sustitúyanse los Capítulos 1, 6, 7 y 8 del REGLAMENTO OPERATIVO DEL PROGRAMA “INCLUIR SALUD” de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO III que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 4 — Sustitúyase el ANEXO II del CONVENIO MARCO cuyo modelo fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 1862 del 8 de noviembre de 2011, que como ANEXO IV forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. MAXIMO A. DIOSQUE, Secretario de Promoción y Programas Sanitarios, Ministerio de Salud de la Nación.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 20/11/2013 Nº 93810/13 v. 20/11/2013