Presidencia de la Nación

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución Nº 177/2013

Bs. As., 27/6/2013

VISTO el Expediente Nº S05:0527315/2013, el Decreto Nº 2.186 de fecha 30 de diciembre de 2010 y las Resoluciones Nros. 130 del 8 de julio de 2004, 147 del 3 de agosto de 2004 y 219 del 6 de diciembre de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 2.186 del 30 de diciembre de 2010 se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que por la Resolución Nº 130 del 8 de julio de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se crearon en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS diversas Delegaciones Regionales ubicadas en el interior del país.

Que posteriormente por la Resolución Nº 147 del 3 de agosto de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, se asignaron las funciones de coordinador de cada una de las citadas Delegaciones Regionales, a agentes pertenecientes a la Planta Permanente de personal del mencionado organismo.

Que por la Resolución Nº 219 del 6 de diciembre de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, se determinaron los alcances de la citada Resolución Nº 130/2004, estableciendo que las Delegaciones Regionales alcanzarían su máxima actividad operativa cuando entrara en vigencia la nueva estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.

Que atento al tiempo transcurrido desde la fecha de los mencionados actos administrativos, resulta necesario concretar la formalización del funcionamiento técnico-administrativo del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, actualizando las oficinas que operan en el interior del país y sistematizando su desempeño, conforme a las actuales necesidades organizacionales.

Que la presente medida no implica erogación adicional para el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del citado organismo ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 8°, inciso c), y 9° inciso f) del Decreto Nº 2.817/91, ratificada su vigencia por la Ley Nº 25.845 y Artículos 1° y 2° del Decreto Nº 1.818/12.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Créanse en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las oficinas regionales dependientes de la Dirección Nacional de Semillas del citado organismo, conforme a la denominación, sede local y zona geográfica de influencia, obrantes en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII de la presente resolución.

ARTICULO 2° — Las oficinas regionales creadas por el artículo anterior y dependientes de la Dirección Nacional de Semillas del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, serán coordinadas por el titular de la Coordinación Técnico - Operativa de las Oficinas Regionales y Viveros de la citada Dirección Nacional.

ARTICULO 3° — Las oficinas regionales mencionadas tendrán a su cargo las Acciones detalladas en el Anexo IX que forma parte de la presente resolución.

ARTICULO 4° — Déjase sin efecto, a partir de la fecha de la presente medida, las Resoluciones Nros. 130 del 8 de julio de 2004, 147 del 3 de agosto de 2004 y 219 del 6 de diciembre de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. Carlos A. Ripoll, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.

ANEXO I

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

DenominaciónSede local
Oficina Regional INASE BalcarceCiudad de Balcarce (Pcia. de BUENOS AIRES)

Zona de Influencia

Partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: Magdalena, Punta Indio, Chascomús, Lezama, Castelli, Dolores, Tordillo, General Guido, General Lavalle, Ayacucho, Maipú, General Juan Madariaga, La Costa, Mar Chiquita, Pinamar, Villa Gesell, Tandil, Balcarce, General Pueyrredón, General Alvarado, Lobería, Necochea y San Cayetano.

Partidos compartidos con la Oficina Regional INASE Pampeana Sur: Tres Arroyos, Adolfo González Chavez y Benito Juárez.

ANEXO II

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

DenominaciónSede local
Oficina Regional INASE PergaminoCiudad de Pergamino (Pcia. de BUENOS AIRES)

Zona de Influencia

Partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: General Villegas, Rivadavia, Florentino Ameghino, Trenque Lauquen, Pehuajó, Carlos Tejedor, Lincoln, General Pinto, Leandro N. Alem, General Arenales, Colón, Pergamino, Rojas, Salto, Junín, General Viamonte, Carlos Casares, General Alvear, 9 de Julio, 25 de Mayo, Bragado, Chacabuco, Arrecifes, Capitán Sarmiento, San Antonio de Areco, Carmen de Areco, San Andrés de Giles, Alberti, Chivilcoy, Suipacha, Mercedes, Navarro, Lobos, Monte, General Paz, Roque Pérez y Saladillo.

ANEXO III

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

DenominaciónSede local
Oficina Regional INASE San PedroCiudad de San Pedro (Pcia. de BUENOS AIRES)

Zona de Influencia

Partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: San Nicolás, Ramallo, San Pedro, Baradero, Zárate, Campana, Exaltación de la Cruz, San Fernando, Escobar, Tigre, Pilar, San Isidro, Luján, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Ituzaingó, Marcos Paz, Tres de Febrero, Hurlingham, Quilmes, Berazategui, General Las Heras, Ezeiza, Berisso, Cañuelas, San Vicente, La Plata, Almirante Brown, Avellaneda, Ensenada, Esteban Echeverría, Florencio Varela, General Rodríguez, General San Martín, José C. Paz, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, Presidente Perón, San Miguel, Vicente López y Brandsen.

ANEXO IV

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

DenominaciónSede local
Oficina Regional INASE Pampeana NorteCiudad de Rafaela (Pcia. de SANTA FE)

Zona de Influencia

Provincias de CORDOBA, SANTA FE y ENTRE RIOS.

ANEXO V

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

DenominaciónSede local
Oficina Regional INASE Pampeana SurCiudad de Bahía Blanca (Pcia. de BUENOS AIRES)

Zona de Influencia

Provincia de LA PAMPA y en los siguientes partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: Pellegrini, Tres Lomas, Salliqueló, Guamini, Daireaux, Hipólito Irigoyen, Bolivar, Tapalqué, Las Flores, General Belgrano, Adolfo Alsina, Saavedra, Coronel Suárez, General Lamadrid, Olavarría, Azul, Rauch, Pila, Puan, Tornquist, Coronel Pringles, Laprida, Villarino, Bahía Blanca, Coronel de Marina Leonardo Rosales, Monte Hermoso, Coronel Dorrego y Patagones.
Partidos de la Provincia de BUENOS AIRES compartidos con la Oficina Regional INASE Balcarce: Tres Arroyos, Adolfo González Chavez y Benito Juárez.

ANEXO VI

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

DenominaciónSede local
Oficina Regional INASE Gran CuyoMendoza (Pcia. de MENDOZA)

Zona de Influencia

Provincias de MENDOZA, SAN JUAN, LA RIOJA y SAN LUIS.

ANEXO VII

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

DenominaciónSede local
Oficina Regional INASE Noreste Argentino (NEA)Ciudad de Resistencia (Pcia. de CHACO)

Zona de Influencia

Provincias de CHACO, FORMOSA, MISIONES y CORRIENTES.

ANEXO VIII

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

DenominaciónSede local
Oficina Regional INASE Noroeste Argentino (NOA)Ciudad de Tafí Viejo (Pcia. de TUCUMAN)

Zona de Influencia

Provincias de TUCUMAN, SALTA, JUJUY, SANTIAGO DEL ESTERO y CATAMARCA.

ANEXO IX



INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Acciones de las oficinas regionales

a) Certificar las semillas de las distintas especies incluidas en el sistema de fiscalización.

b) Efectuar el control del comercio de semillas, del rotulado y de las autorizaciones de los obtentores para variedades con títulos de propiedad.

c) Emitir y suscribir Documentos de Autorización de Venta de Semilla Fiscalizada (D.A.V.).

d) Fiscalizar los lotes de semilla.

e) Entregar rótulos oficiales de semilla fiscalizada.

f) Colaborar, cuando corresponda, en el armado de las actuaciones por infracción a la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247.

g) Promover y mantener la vinculación con instituciones y organismos provinciales y regionales, públicos y privados.

h) Tramitar ante quien corresponda, los reclamos y denuncias de los usuarios y operadores de semillas.

i) Participar en la difusión de las actividades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, en el ámbito de su jurisdicción.

j) Efectuar propuestas orientadas al mejoramiento y desarrollo de la Oficina Regional.

k) Preservar y mantener el patrimonio afectado a la Oficina Regional.

e. 03/07/2013 N° 49338/13 v. 03/07/2013
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