MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución Nº 177/2013
Bs. As., 27/6/2013
VISTO el Expediente Nº S05:0527315/2013, el Decreto Nº 2.186 de fecha 30 de diciembre de 2010 y las Resoluciones Nros. 130 del 8 de julio de 2004, 147 del 3 de agosto de 2004 y 219 del 6 de diciembre de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 2.186 del 30 de diciembre de 2010 se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que por la Resolución Nº 130 del 8 de julio de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se crearon en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS diversas Delegaciones Regionales ubicadas en el interior del país.
Que posteriormente por la Resolución Nº 147 del 3 de agosto de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, se asignaron las funciones de coordinador de cada una de las citadas Delegaciones Regionales, a agentes pertenecientes a la Planta Permanente de personal del mencionado organismo.
Que por la Resolución Nº 219 del 6 de diciembre de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, se determinaron los alcances de la citada Resolución Nº 130/2004, estableciendo que las Delegaciones Regionales alcanzarían su máxima actividad operativa cuando entrara en vigencia la nueva estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.
Que atento al tiempo transcurrido desde la fecha de los mencionados actos administrativos, resulta necesario concretar la formalización del funcionamiento técnico-administrativo del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, actualizando las oficinas que operan en el interior del país y sistematizando su desempeño, conforme a las actuales necesidades organizacionales.
Que la presente medida no implica erogación adicional para el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del citado organismo ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 8°, inciso c), y 9° inciso f) del Decreto Nº 2.817/91, ratificada su vigencia por la Ley Nº 25.845 y Artículos 1° y 2° del Decreto Nº 1.818/12.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Créanse en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las oficinas regionales dependientes de la Dirección Nacional de Semillas del citado organismo, conforme a la denominación, sede local y zona geográfica de influencia, obrantes en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII de la presente resolución.
ARTICULO 2° — Las oficinas regionales creadas por el artículo anterior y dependientes de la Dirección Nacional de Semillas del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, serán coordinadas por el titular de la Coordinación Técnico - Operativa de las Oficinas Regionales y Viveros de la citada Dirección Nacional.
ARTICULO 3° — Las oficinas regionales mencionadas tendrán a su cargo las Acciones detalladas en el Anexo IX que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 4° — Déjase sin efecto, a partir de la fecha de la presente medida, las Resoluciones Nros. 130 del 8 de julio de 2004, 147 del 3 de agosto de 2004 y 219 del 6 de diciembre de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. Carlos A. Ripoll, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.
Partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: Magdalena, Punta Indio, Chascomús, Lezama, Castelli, Dolores, Tordillo, General Guido, General Lavalle, Ayacucho, Maipú, General Juan Madariaga, La Costa, Mar Chiquita, Pinamar, Villa Gesell, Tandil, Balcarce, General Pueyrredón, General Alvarado, Lobería, Necochea y San Cayetano.
Partidos compartidos con la Oficina Regional INASE Pampeana Sur: Tres Arroyos, Adolfo González Chavez y Benito Juárez.
Partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: General Villegas, Rivadavia, Florentino Ameghino, Trenque Lauquen, Pehuajó, Carlos Tejedor, Lincoln, General Pinto, Leandro N. Alem, General Arenales, Colón, Pergamino, Rojas, Salto, Junín, General Viamonte, Carlos Casares, General Alvear, 9 de Julio, 25 de Mayo, Bragado, Chacabuco, Arrecifes, Capitán Sarmiento, San Antonio de Areco, Carmen de Areco, San Andrés de Giles, Alberti, Chivilcoy, Suipacha, Mercedes, Navarro, Lobos, Monte, General Paz, Roque Pérez y Saladillo.
Partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: San Nicolás, Ramallo, San Pedro, Baradero, Zárate, Campana, Exaltación de la Cruz, San Fernando, Escobar, Tigre, Pilar, San Isidro, Luján, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Ituzaingó, Marcos Paz, Tres de Febrero, Hurlingham, Quilmes, Berazategui, General Las Heras, Ezeiza, Berisso, Cañuelas, San Vicente, La Plata, Almirante Brown, Avellaneda, Ensenada, Esteban Echeverría, Florencio Varela, General Rodríguez, General San Martín, José C. Paz, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, Presidente Perón, San Miguel, Vicente López y Brandsen.
Provincias de CORDOBA, SANTA FE y ENTRE RIOS.
Provincia de LA PAMPA y en los siguientes partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: Pellegrini, Tres Lomas, Salliqueló, Guamini, Daireaux, Hipólito Irigoyen, Bolivar, Tapalqué, Las Flores, General Belgrano, Adolfo Alsina, Saavedra, Coronel Suárez, General Lamadrid, Olavarría, Azul, Rauch, Pila, Puan, Tornquist, Coronel Pringles, Laprida, Villarino, Bahía Blanca, Coronel de Marina Leonardo Rosales, Monte Hermoso, Coronel Dorrego y Patagones.
Partidos de la Provincia de BUENOS AIRES compartidos con la Oficina Regional INASE Balcarce: Tres Arroyos, Adolfo González Chavez y Benito Juárez.
Provincias de MENDOZA, SAN JUAN, LA RIOJA y SAN LUIS.
Provincias de CHACO, FORMOSA, MISIONES y CORRIENTES.
Provincias de TUCUMAN, SALTA, JUJUY, SANTIAGO DEL ESTERO y CATAMARCA.
a) Certificar las semillas de las distintas especies incluidas en el sistema de fiscalización.
b) Efectuar el control del comercio de semillas, del rotulado y de las autorizaciones de los obtentores para variedades con títulos de propiedad.
c) Emitir y suscribir Documentos de Autorización de Venta de Semilla Fiscalizada (D.A.V.).
d) Fiscalizar los lotes de semilla.
e) Entregar rótulos oficiales de semilla fiscalizada.
f) Colaborar, cuando corresponda, en el armado de las actuaciones por infracción a la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247.
g) Promover y mantener la vinculación con instituciones y organismos provinciales y regionales, públicos y privados.
h) Tramitar ante quien corresponda, los reclamos y denuncias de los usuarios y operadores de semillas.
i) Participar en la difusión de las actividades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, en el ámbito de su jurisdicción.
j) Efectuar propuestas orientadas al mejoramiento y desarrollo de la Oficina Regional.
k) Preservar y mantener el patrimonio afectado a la Oficina Regional.
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución Nº 177/2013
Bs. As., 27/6/2013
VISTO el Expediente Nº S05:0527315/2013, el Decreto Nº 2.186 de fecha 30 de diciembre de 2010 y las Resoluciones Nros. 130 del 8 de julio de 2004, 147 del 3 de agosto de 2004 y 219 del 6 de diciembre de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 2.186 del 30 de diciembre de 2010 se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que por la Resolución Nº 130 del 8 de julio de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se crearon en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS diversas Delegaciones Regionales ubicadas en el interior del país.
Que posteriormente por la Resolución Nº 147 del 3 de agosto de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, se asignaron las funciones de coordinador de cada una de las citadas Delegaciones Regionales, a agentes pertenecientes a la Planta Permanente de personal del mencionado organismo.
Que por la Resolución Nº 219 del 6 de diciembre de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, se determinaron los alcances de la citada Resolución Nº 130/2004, estableciendo que las Delegaciones Regionales alcanzarían su máxima actividad operativa cuando entrara en vigencia la nueva estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.
Que atento al tiempo transcurrido desde la fecha de los mencionados actos administrativos, resulta necesario concretar la formalización del funcionamiento técnico-administrativo del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, actualizando las oficinas que operan en el interior del país y sistematizando su desempeño, conforme a las actuales necesidades organizacionales.
Que la presente medida no implica erogación adicional para el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del citado organismo ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 8°, inciso c), y 9° inciso f) del Decreto Nº 2.817/91, ratificada su vigencia por la Ley Nº 25.845 y Artículos 1° y 2° del Decreto Nº 1.818/12.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Créanse en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las oficinas regionales dependientes de la Dirección Nacional de Semillas del citado organismo, conforme a la denominación, sede local y zona geográfica de influencia, obrantes en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII de la presente resolución.
ARTICULO 2° — Las oficinas regionales creadas por el artículo anterior y dependientes de la Dirección Nacional de Semillas del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, serán coordinadas por el titular de la Coordinación Técnico - Operativa de las Oficinas Regionales y Viveros de la citada Dirección Nacional.
ARTICULO 3° — Las oficinas regionales mencionadas tendrán a su cargo las Acciones detalladas en el Anexo IX que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 4° — Déjase sin efecto, a partir de la fecha de la presente medida, las Resoluciones Nros. 130 del 8 de julio de 2004, 147 del 3 de agosto de 2004 y 219 del 6 de diciembre de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. Carlos A. Ripoll, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.
ANEXO I
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Denominación | Sede local |
Oficina Regional INASE Balcarce | Ciudad de Balcarce (Pcia. de BUENOS AIRES) |
Zona de Influencia
Partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: Magdalena, Punta Indio, Chascomús, Lezama, Castelli, Dolores, Tordillo, General Guido, General Lavalle, Ayacucho, Maipú, General Juan Madariaga, La Costa, Mar Chiquita, Pinamar, Villa Gesell, Tandil, Balcarce, General Pueyrredón, General Alvarado, Lobería, Necochea y San Cayetano.
Partidos compartidos con la Oficina Regional INASE Pampeana Sur: Tres Arroyos, Adolfo González Chavez y Benito Juárez.
ANEXO II
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Denominación | Sede local |
Oficina Regional INASE Pergamino | Ciudad de Pergamino (Pcia. de BUENOS AIRES) |
Zona de Influencia
Partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: General Villegas, Rivadavia, Florentino Ameghino, Trenque Lauquen, Pehuajó, Carlos Tejedor, Lincoln, General Pinto, Leandro N. Alem, General Arenales, Colón, Pergamino, Rojas, Salto, Junín, General Viamonte, Carlos Casares, General Alvear, 9 de Julio, 25 de Mayo, Bragado, Chacabuco, Arrecifes, Capitán Sarmiento, San Antonio de Areco, Carmen de Areco, San Andrés de Giles, Alberti, Chivilcoy, Suipacha, Mercedes, Navarro, Lobos, Monte, General Paz, Roque Pérez y Saladillo.
ANEXO III
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Denominación | Sede local |
Oficina Regional INASE San Pedro | Ciudad de San Pedro (Pcia. de BUENOS AIRES) |
Zona de Influencia
Partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: San Nicolás, Ramallo, San Pedro, Baradero, Zárate, Campana, Exaltación de la Cruz, San Fernando, Escobar, Tigre, Pilar, San Isidro, Luján, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Ituzaingó, Marcos Paz, Tres de Febrero, Hurlingham, Quilmes, Berazategui, General Las Heras, Ezeiza, Berisso, Cañuelas, San Vicente, La Plata, Almirante Brown, Avellaneda, Ensenada, Esteban Echeverría, Florencio Varela, General Rodríguez, General San Martín, José C. Paz, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, Presidente Perón, San Miguel, Vicente López y Brandsen.
ANEXO IV
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Denominación | Sede local |
Oficina Regional INASE Pampeana Norte | Ciudad de Rafaela (Pcia. de SANTA FE) |
Zona de Influencia
Provincias de CORDOBA, SANTA FE y ENTRE RIOS.
ANEXO V
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Denominación | Sede local |
Oficina Regional INASE Pampeana Sur | Ciudad de Bahía Blanca (Pcia. de BUENOS AIRES) |
Zona de Influencia
Provincia de LA PAMPA y en los siguientes partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: Pellegrini, Tres Lomas, Salliqueló, Guamini, Daireaux, Hipólito Irigoyen, Bolivar, Tapalqué, Las Flores, General Belgrano, Adolfo Alsina, Saavedra, Coronel Suárez, General Lamadrid, Olavarría, Azul, Rauch, Pila, Puan, Tornquist, Coronel Pringles, Laprida, Villarino, Bahía Blanca, Coronel de Marina Leonardo Rosales, Monte Hermoso, Coronel Dorrego y Patagones.
Partidos de la Provincia de BUENOS AIRES compartidos con la Oficina Regional INASE Balcarce: Tres Arroyos, Adolfo González Chavez y Benito Juárez.
ANEXO VI
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Denominación | Sede local |
Oficina Regional INASE Gran Cuyo | Mendoza (Pcia. de MENDOZA) |
Zona de Influencia
Provincias de MENDOZA, SAN JUAN, LA RIOJA y SAN LUIS.
ANEXO VII
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Denominación | Sede local |
Oficina Regional INASE Noreste Argentino (NEA) | Ciudad de Resistencia (Pcia. de CHACO) |
Zona de Influencia
Provincias de CHACO, FORMOSA, MISIONES y CORRIENTES.
ANEXO VIII
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Denominación | Sede local |
Oficina Regional INASE Noroeste Argentino (NOA) | Ciudad de Tafí Viejo (Pcia. de TUCUMAN) |
Zona de Influencia
Provincias de TUCUMAN, SALTA, JUJUY, SANTIAGO DEL ESTERO y CATAMARCA.
ANEXO IX
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Acciones de las oficinas regionales
a) Certificar las semillas de las distintas especies incluidas en el sistema de fiscalización.
b) Efectuar el control del comercio de semillas, del rotulado y de las autorizaciones de los obtentores para variedades con títulos de propiedad.
c) Emitir y suscribir Documentos de Autorización de Venta de Semilla Fiscalizada (D.A.V.).
d) Fiscalizar los lotes de semilla.
e) Entregar rótulos oficiales de semilla fiscalizada.
f) Colaborar, cuando corresponda, en el armado de las actuaciones por infracción a la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247.
g) Promover y mantener la vinculación con instituciones y organismos provinciales y regionales, públicos y privados.
h) Tramitar ante quien corresponda, los reclamos y denuncias de los usuarios y operadores de semillas.
i) Participar en la difusión de las actividades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, en el ámbito de su jurisdicción.
j) Efectuar propuestas orientadas al mejoramiento y desarrollo de la Oficina Regional.
k) Preservar y mantener el patrimonio afectado a la Oficina Regional.
e. 03/07/2013 N° 49338/13 v. 03/07/2013