ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
VALOR DE MOVILIDAD
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
19-Sep-2017
Resumen:
EL VALOR DE LA MOVILIDAD PREVISTA EN EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 27.160 Y SUS MODIFICATORIAS,CORRESPONDIENTE AL MES DE SEPTIEMBRE DE 2017, ES DE 13,32% (TRECE CON TREINTA Y DOS POR CIENTO), CONFORME LO PREVISTO EN EL ANEXO DE LA LEY N° 26.417.