RECOMPENSAS
RECOMPENSAS PREVISTAS EN LA LEY Nº 26.375
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
04-Jul-2008
Resumen:
ESTABLECESE QUE EL OFRECIMIENTO DE LAS RECOMPENSAS PREVISTAS EN LA LEY Nº 26.375, PODRA DISPONERSE DE OFICIO O POR REQUERIMIENTO DEL MAGISTRADO QUE TENGA A SU CARGO LA INVESTIGACION DE UN DELITO DE LESA HUMANIDAD. PAUTAS.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 3° DE LA RESOLUCION 2318/2012 DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, B.O. 05/11/2012, PAGINA 14.