MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS
CALCULO DEL COEFICIENTE DE ESTABILIZACION DE REFERENCIA (C.E.R.)
Resumen:
DISPONESE QUE PARA EL CALCULO DEL COEFICIENTE DE ESTABILIZACION DE REFERENCIA (C.E.R.) PREVISTO EN EL ARTICULO 4° DEL DECRETO N° 214 DE FECHA 3 DE FEBRERO DE 2002 Y SUS NORMAS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS Y EN EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 25.713, SE UTILIZARA LA TASA DE VARIACION DIARIA OBTENIDA DE LA EVOLUCION MENSUAL DEL INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (IPCBA) PUBLICADO POR LA DIRECCION GENERAL DE ESTADISTICA Y CENSOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES PARA EL MES DE DICIEMBRE DE 2015, TAL COMO FIJA EL ANEXO QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCION.