Presidencia de la Nación

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Resolución 168/2020

Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2020

En Buenos Aires, a los 16 días del mes de julio del año dos mil veinte, sesionando a través de videoconferencia, con la Presidencia del Dr. Alberto Agustín Lugones, los/las señores/as consejeros/as asistentes, y

VISTO:

El Expediente nº 13-08458/19, caratulado “Informe proyecto de modificación al reglamento de contrataciones”; y,

CONSIDERANDO:

1°) Que las presentes actuaciones se inician con motivo del Oficio nº 562/19 emitido por la Administración General del Poder Judicial de la Nación, por el cual solicitó actualizar el valor del Módulo estipulado en el artículo 18º del Reglamento de Contrataciones aprobado mediante Resolución CM nº 254/15 con fecha 10 de septiembre de 2015 y modificado por la Resolución CM nº 316/17 de fecha 31 de agosto de 2017 (v. fs. 7/8).

2º) Que, el artículo 18º de la Resolución CM nº 254/15, establece que “a los efectos de lo dispuesto en el presente Reglamento, el valor del módulo (M) será de PESOS UN MIL ($1.000). La modificación de ese valor es atribución del Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, previa intervención de la Comisión de Administración y Financiera, que podrá actualizarlo mediante decisión fundada”.

Que, mediante Resolución CM nº 316/2017 de fecha 31 de agosto del año 2017, se estableció el nuevo valor del Módulo en PESOS CUATRO MIL ($4.000).

3º) Que, para fundar su petición, la Administración General, manifestó que “se propicia la modificación [del] monto a fin de evitar que dicho valor pudiere quedar desfasado respecto del tipo de procedimiento de selección del contratista estatal correspondiente”; para ello, tomó en consideración lo “informado por la Dirección General de Administración Financiera, con fecha 22/05/2019, [cuando advirtió que] la variación desde el momento en que se implementó aquél valor del módulo (septiembre de 2017) hasta el mes de abril de 2019 arroja bandas de variación de entre 76% y 151%, de acuerdo al índice que se tome (IPIM – Índice de precios Internos al por Mayor (97%); IPC – Índice de Precios al Consumidor (81%); US$ BCRA – Tipo de cambio de referencia (151%); UVA – Unidad de Valor Adquisitivo del BCRA ($76%))” (v. fs. 2/3).

En tal sentido, agregó que “en aras de mantener una homogenización, esa Dirección General sugiere considerar como valor de ponderación el IPC NACIONAL obtenido por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INDEC), estableciendo como base de cálculo, a la fecha, un incremento de la variable del 81%”.

Asimismo, señaló que “el Relevamiento de Expectativas del Mercado del BCRA prevé, en su reporte del mes abril de 2019, el valor final del IPC estimado para el año en curso en un 40,54%”.

De lo expuesto, coligió que “si se toma en cuenta que el valor acumulado ENERO19-ABRIL19 arroja la suma de 14,8% (enero 2,9% - febrero 3,8%, marzo 4,7%, abril 3,4%), resulta concordante estimar un potencial incremento de este índice de un 25,74% para lo que resta de 2019”.

Puso de resalto, a su vez, que “de adicionar la expectativa de incremento del REM al IPC NACIONAL a los valores obtenidos a la fecha, el porcentual sugerido de actualización alcanzaría un 107%. Así, surge que: IPC NACIONAL SEP17-ABR19: 81,6%; PROYECCIÓN REM MAY19-DIC19: 25,4%; PROYECCIÓN SEP17-DIC19: 107%”.

En ese orden de ideas, el señor Administrador General, señaló que “la Resolución CM nº 316/17, por medio de la cual se actualizó por última vez el valor del módulo de contratación, tuvo en consideración la actualización de índices hasta el mes de abril de 2017; y si se acumula el incremento del IPC desde el mes de abril de 2017, la variación hasta abril de 2019 es del 96%”.

Finalmente; aclaró, al respecto, que “teniendo en consideración los extremos de variación indicados, 96% y 107%, la DGAF sugiere considerar un valor de actualización del módulo del 100%, es decir que el nuevo monto del módulo de contrataciones ascendería a PESOS OCHO MIL ($8.000,00)” (v. fs. 7/8).

4º) Que, se adjuntó un proyecto de resolución con el objeto de prestar conformidad a la modificación del artículo 18º del Reglamento de Contrataciones aprobado por Resolución CM nº 254/2015 y modificado por la Resolución CM nº 316/17, a efectos de elevar y fijar el valor del módulo en la suma de PESOS OCHO MIL ($8.000) como unidad de referencia a los fines reglamentarios (v. fs. 4/5).

5º) Que, mediante Providencia SAJ nº 775/19, tomó intervención la Secretaría de Asuntos Jurídicos, manifestando que “teniendo a la vista el informe elaborado por el área de competencia específica en la materia, en relación a la variación de los índices propuestos para la actualización del módulo, esta Secretaria de Asuntos Jurídicos no tiene observaciones que formular al nuevo valor que se propicia en la resolución proyectada” (v. fs. 6).

6º) Que es facultad del Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, previa intervención de la Comisión Administración y Financiera, actualizar los valores del módulo establecido en el artículo 18º del Reglamento de Contrataciones.

7º) Que la propuesta del Sr. Administrador General del Poder Judicial de la Nación ha puesto de manifiesto la necesidad de contar con valores acordes que garanticen el respeto y protección de los principios de eficacia, celeridad y economía procesal que deben regir los procedimientos administrativos.

8°) Que en la reunión de la Comisión de Administración y Financiera, celebrada el día 1° de julio del corriente año, los señores Consejeros y la señora Consejera decidieron establecer el valor del MÓDULO -artículo 18 del Reglamento de Contrataciones (Resolución CM n° 254/15)- en la suma de PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS ($11.800), en atención a los índices ICC -índice de costo a la construcción- e IPIM -índice de precios internos al por mayor- vigentes.

9º) Que la Comisión de Administración y Financiera ha tomado la debida previa intervención que le compete (artículo 18 del Reglamento de Contrataciones aprobado por Resolución CM nº 254/15), y elevado el dictamen para consideración del Plenario.

Por ello, y de conformidad con el dictamen 19/2020 de la Comisión de Administración y Financiera

SE RESUELVE:

Prestar conformidad a la modificación del artículo 18º del Reglamento de Contrataciones aprobado por Resolución CM n° 254/2015, y modificado por la Resolución CM nº 316/17, a efectos de elevar y fijar el valor del MÓDULO en PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS ($11.800,00.-) como unidad de referencia a los fines reglamentarios.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y remítanse las actuaciones a la Administración General para su archivo.

De lo que doy fe. Alberto Agustin Lugones – Mariano Perez Roller

e. 18/07/2020 N° 27869/20 v. 18/07/2020
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