Presidencia de la Nación

DEFENSORIA GENERAL DE LA NACION


MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA

DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Resolución 1675/2017

Buenos Aires, 13/10/2017

VISTO: Las Resoluciones DGN N° 230/2011 y modificatorias, N° 564/2007 y N° 416/2014, y la Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa N° 27.149; y

CONSIDERANDO:

I.- Que el Área de Locaciones del Departamento de Compras y Contrataciones propició que se articulen los mecanismos tendientes a incrementar el monto previsto en el artículo 2 del Anexo I de la Resolución DGN N° 564/2007 -modificado por Resolución DGN N° 416/2014-.

A fin de sustentar su propuesta, expresó que en el año 2014 se dictó la Resolución DGN N° 416/2014, por medio de la cual se incrementó dicho importe tope del sistema de selección del contratista, a la suma de pesos un millón quinientos mil ($ 1.500.000,00.-). Asimismo se estipuló que en caso de superar dicho monto, las locaciones debían gestionarse y perfeccionarse luego de implementarse los procedimientos de selección previstos en la Resolución DGN N° 230/11 y modificatorias.

A lo expuesto añadió que además, por el tiempo transcurrido y el actual contexto económico de nuestro país, como así también las condiciones que rigen dentro del mercado inmobiliario -el cual sufre constantes variaciones e incrementos progresivos-, en la práctica se han generado serias dificultades para concretar la renovación de contratos, como así también la suscripción de nuevas locaciones.

Dicho contexto, sostuvo, se erige como una probabilidad de no poder satisfacer en tiempo oportuno las necesidades edilicias del organismo.

Sobre la base de tales consideraciones, estimó adecuado que el importe tope de los procedimientos de selección del contratista que se rijan por las disposiciones de la Resolución DGN N° 564/2007 -y modificatorias- sea elevado a la suma de pesos dos millones ochocientos cincuenta mil ($ 2.850.000,00.-).

II.- Como corolario de lo expuesto, se confirió intervención a la Oficina de Administración General y Financiera, quien se expidió en el ámbito de su competencia, y luego de compartir el criterio vertido por el Área de locaciones del Departamento de Compras y Contrataciones, propició que se dicte el acto administrativo conducente (ver Nota AG N° 1040/2017).

III.- Que la Asesoría Jurídica de esta Defensoría General de la Nación ha tomado la intervención de su competencia y no formuló objeciones de índole legal para que se proceda a la modificación sugerida.

Por ello, en virtud de lo normado por el artículo 35 de la Ley N° 27.149, en mi carácter de Defensora General de la Nación;

RESUELVO:

I. INCREMENTAR el monto establecido en el artículo 2 del Anexo I de la Resolución DGN N° 564/07 -modificada por Resolución DGN N° 416/2014- a la suma de pesos dos millones ochocientos cincuenta mil ($ 2.850.000,00.-).

II. MODIFICAR el Artículo 2 del Anexo I a la Resolución DGN 564/07, como así también el punto II de la Resolución DGN N° 416/2014, en sus párrafos 2 y 3, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

-Artículo 2 del Anexo I a la Resolución DGN N° 564/07 “Artículo 2 - Procedimiento: Los contratos de locación cuyo costo total estimado resulte menor o igual a la suma de pesos dos millones ochocientos cincuenta mil ($ 2.850.000,00.-) tramitarán de acuerdo a lo establecido en los artículos siguientes.

En los casos en que el costo estimado supere dicho monto, el proceso de selección se efectuará con arreglo a lo establecido en el Régimen para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Ministerio Público de la Defensa”.

III.- DISPONER que la presente modificación regirá a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Protocolícese, hágase saber a la Oficina de Administración General y Financiera, como así también a las Áreas correspondientes. Publíquese en la página web del organismo y en el Boletín Oficial de la República Argentina por un día. Fecho, agréguese copia de la presente a los Expedientes DGN N° 478/2007 y N° 928/2010. Oportunamente, archívese. — Stella Maris Martínez.

e. 20/10/2017 N° 79991/17 v. 20/10/2017
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