Presidencia de la Nación

Resolución 16 / 2019

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.)


VITIVINICULTURA

RESOLUCION 2/2019 - MODIFICACION

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 23-Dic-2019
Resumen:

SUSTITUYESE PARA LA LIBRE CIRCULACION Y EXPORTACION, EL LIMITE MAXIMO DE CONTENIDO DE PLOMO ESTABLECIDO EN EL DIGESTO DE LA NORMATIVA SOBRE LIMITES Y TOLERANCIAS ANALITICAS EN VINOS, ADOPTADO POR LA RESOLUCION Nº RESOL-2018-2-APN-INV#MPYT DE FECHA 27 DE SETIEMBRE DE 2018, POR CERO COMA DIEZ MILIGRAMOS POR LITRO (0,10 MG/L) PARA VINOS A PARTIR DE LA COSECHA 2020. INCORPORASE AL PRECITADO DIGESTO DE LA NORMATIVA SOBRE LIMITES Y TOLERANCIAS ANALITICAS EN VINOS, ADOPTADO POR LA RESOLUCION Nº RESOL-2018-2-APN-INV#MPYT DE FECHA 27 DE SETIEMBRE DE 2018, PARA LA LIBRE CIRCULACION Y EXPORTACION, EL LIMITE MAXIMO DE CONTENIDO DE PLOMO DE CERO COMA QUINCE MILIGRAMOS POR LITRO (0,15 MG/L) PARA VINOS ESPECIALES CATEGORIAS A, B Y C.

Scroll hacia arriba