MINISTERIO DE SALUD
Resolución 1540/2021
RESOL-2021-1540-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-40021625-APN-DNTHYC#MS, las Resoluciones de este Ministerio de Salud N° 1993 de fecha 2 de noviembre de 2015 y N° 1396 de fecha 24 de agosto de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que el objetivo del Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud es complementar la formación integral del profesional, ejercitándolo en el desempeño responsable, eficiente y ético de las disciplinas correspondientes, mediante la adjudicación y ejecución personal supervisada de actos de progresiva complejidad y responsabilidad.
Que la planificación, capacitación y la distribución equitativa de los equipos de salud son un componente central en la política sanitaria de este Ministerio.
Que conforme el agravamiento de la situación sanitaria epidemiológica provocada por la pandemia COVID-19 y ante la necesidad nuevos ingresos de profesionales a las residencias, es prioritario modificar las fechas de ingreso, promoción y egreso de todos los niveles de formación excepcionalmente para el corriente año.
Que, con el fin de asegurar que todas y todos las/los postulantes accedan de manera segura y con las mismas condiciones y con el objetivo de garantizar la transparencia de todo el proceso de evaluación es que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD propicia prorrogar todas las fechas establecidas en las Resoluciones Ministeriales N° 701/2021 y N° 917/2021.
Que a fin de convocar la mayor cantidad de profesionales que contarán con el título de grado expedido por las universidades, se consensuó con el Comité Técnico de Examen Único modificar la fecha de ingreso, promoción y egreso para el ciclo lectivo 2021, por única vez y de manera excepcional.
Que la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN y la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD han prestado conformidad a la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios -T.O. Decreto No 438/92-, sus normas modificatorias y complementarias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establécese el 1° de octubre como fecha de ingreso para las/los profesionales del equipo de salud que inician su programa de formación el año 2021.
ARTÍCULO 2°.- Establécese el 30 de septiembre, de manera excepcional y por única vez, como fecha de promoción y finalización para todas/todos las/los profesionales del equipo de salud, que hayan ingresado a su programa de formación con anterioridad al año 2021.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase el cronograma de gestión de la contratación para las/los ingresantes mencionadas/os en el artículo 1° precedente, que como Anexo I (IF-2021-37933317-APN-DNTHYC#MS) forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4°. - Invítase a todas las jurisdicciones y demás concursos a adherir a la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carla Vizzotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
Resolución 1540/2021
RESOL-2021-1540-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-40021625-APN-DNTHYC#MS, las Resoluciones de este Ministerio de Salud N° 1993 de fecha 2 de noviembre de 2015 y N° 1396 de fecha 24 de agosto de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que el objetivo del Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud es complementar la formación integral del profesional, ejercitándolo en el desempeño responsable, eficiente y ético de las disciplinas correspondientes, mediante la adjudicación y ejecución personal supervisada de actos de progresiva complejidad y responsabilidad.
Que la planificación, capacitación y la distribución equitativa de los equipos de salud son un componente central en la política sanitaria de este Ministerio.
Que conforme el agravamiento de la situación sanitaria epidemiológica provocada por la pandemia COVID-19 y ante la necesidad nuevos ingresos de profesionales a las residencias, es prioritario modificar las fechas de ingreso, promoción y egreso de todos los niveles de formación excepcionalmente para el corriente año.
Que, con el fin de asegurar que todas y todos las/los postulantes accedan de manera segura y con las mismas condiciones y con el objetivo de garantizar la transparencia de todo el proceso de evaluación es que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD propicia prorrogar todas las fechas establecidas en las Resoluciones Ministeriales N° 701/2021 y N° 917/2021.
Que a fin de convocar la mayor cantidad de profesionales que contarán con el título de grado expedido por las universidades, se consensuó con el Comité Técnico de Examen Único modificar la fecha de ingreso, promoción y egreso para el ciclo lectivo 2021, por única vez y de manera excepcional.
Que la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN y la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD han prestado conformidad a la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios -T.O. Decreto No 438/92-, sus normas modificatorias y complementarias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establécese el 1° de octubre como fecha de ingreso para las/los profesionales del equipo de salud que inician su programa de formación el año 2021.
ARTÍCULO 2°.- Establécese el 30 de septiembre, de manera excepcional y por única vez, como fecha de promoción y finalización para todas/todos las/los profesionales del equipo de salud, que hayan ingresado a su programa de formación con anterioridad al año 2021.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase el cronograma de gestión de la contratación para las/los ingresantes mencionadas/os en el artículo 1° precedente, que como Anexo I (IF-2021-37933317-APN-DNTHYC#MS) forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4°. - Invítase a todas las jurisdicciones y demás concursos a adherir a la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carla Vizzotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/06/2021 N° 36523/21 v. 01/06/2021
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)