RADIODIFUSION
ESPACIOS PARA PARTIDOS POLITICOS Y OTROS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
17-Sep-2001
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS ESTACIONES DE RADIODIFUSION SONORA, INCLUIDAS LAS PERTENECIENTES AL SERVICIO OFICIAL DE RADIODIFUSION, DE TELEVISION Y LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS, DEBERAN CEDER LOS ESPACIOS SIN CARGO DETERMINADOS POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR A PARTIDOS POLITICOS, CONFEDERACIONES O ALIANZAS DE DISTRITO.