INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 1457/2019
RESOL-2019-1457-APN-INCAA#MECCYT
Ciudad de Buenos Aires, 25/09/2019
VISTO el EX-2019-84526645-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, los Decretos N° 1346 del 30 de diciembre de 2016 y N° 951 de fecha 22 de noviembre de 2017 y las Resoluciones INCAA Nº439 del 28 de febrero de 2014, N° 1 de fecha 2 de enero de 2017, N° 65 de fecha 12 de enero de 2017, Nº888 del 12 de septiembre de 2017, N° 1102-E de fecha 17 de julio de 2018 y Nº1140-E de fecha 27 de julio de 2018, y;
CONSIDERANDO:
Que entre las atribuciones del Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES previstas en la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la de fomentar el desarrollo de la cinematografía argentina en sus aspectos culturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales, pudiendo a tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becas de estudio e investigación y emplear todo otro medio necesario para el logro de ese fin.
Que, en atención a ello, la Resolución INCAA N° 1/2017, basada en el Decreto 1346/2016, estableció un Régimen General de Fomento en el que se distinguen TRES (3) modalidades de producción: Producciones destinadas a Audiencia Media, Producciones destinadas a Audiencia Masiva y Producciones con Asignación de Subsidios por Convocatoria Previa.
Que mediante Resolución INCAA N° 65/2017 se establecieron convocatorias federales.
Que por Resolución INCAA N° 1102-E/2018 se llamó a “LARGOMETRAJE POR CONVOCATORIA NACIONAL Y REGIONAL” y “OPERA PRIMA NACIONAL Y REGIONAL”.
Que por Resolución INCAA Nº 1140-E/2018 se llamó a las convocatorias de “DESARROLLO DE GUIÓN” y “CORTOMETRAJE DE ANIMACIÓN”.
Que según lo establecido mediante Resolución INCAA Nº 439/2014 y sus modificatorias, el productor presentante queda facultado a actualizar por única vez el presupuesto económico del proyecto, en un plazo máximo de TREINTA (30) días hábiles a contar desde el comienzo del rodaje en el caso de películas de ficción.
Que las citadas Convocatorias no contemplaban la posibilidad de actualizar los premios concedidos.
Que en virtud de lo expresado y con el fin de garantizar el apoyo a los proyectos ganadores de las convocatorias mencionadas previamente, resulta pertinente permitir realizar una actualización de presupuesto adicional a la prevista en la Resolución INCAA Nº 439/2014 y sus modificatorias, previa al inicio del rodaje, en función de la necesidad de aumentar el monto de los premios establecidos en la Resolución 1140-E/2018.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde permitir a los ganadores de las convocatorias mencionadas actualizar el premio otorgado hasta un VEINTICUATRO POR CIENTO (24%).
Que, a los efectos de una mayor celeridad en la implementación de la medida, se considera conveniente delegar en la Gerencia de Fortalecimiento de la Industria Audiovisual la suscripción de los instrumentos correspondientes.
Que la Subgerencia de Fomento a la Producción Audiovisual y la Subgerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.
Que la presente Resolución se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536/2002 y N° 324/2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aumentar el tope de los Premios de las convocatorias mencionadas en la presente resolucion en un VEINTICUATRO POR CIENTO (24%), quedando establecidos de la siguiente manera:
· LARGOMETRAJE POR CONVOCATORIA NACIONAL Y REGIONAL 2018: el CIEN POR CIENTO (100%) del presupuesto de producción del proyecto con un máximo de PESOS DOCE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL ($12.152.000.-).
· OPERA PRIMA NACIONAL Y REGIONAL 2018: el CIEN POR CIENTO (100%) del presupuesto de producción del proyecto con un máximo de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL ($9.920.000.-).
· CORTOMETRAJE DE ANIMACION NACIONAL Y REGIONAL 2018: el CIEN POR CIENTO (100%) del presupuesto de producción del proyecto con un máximo de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS DOCE MIL ($1.612.000.-).
· DESARROLLO DE PROYECTO DE GUIONES: PESOS DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS ($229.400.-).
ARTÍCULO 2°.- Autorizar a los ganadores de las convocatorias LARGOMETRAJE NACIONAL Y REGIONAL 2018 según Resolución Nº849-E/2019, OPERA PRIMA NACIONAL Y REGIONAL 2018 según Resolución Nº789-E/2019 y CORTOMETRAJE DE ANIMACION NACIONAL Y REGIONAL 2018 según Resolución Nº773-E/2019, una actualización de presupuesto previa al inicio de rodaje, adicional a la establecida en Resolución INCAA Nº 439/2014 y sus modificatorias, todos los casos se deberán justificar las variaciones que se realicen respecto del presupuesto original.
ARTÍCULO 3º.- Delegar en la Gerencia de Fortalecimiento de la Industria Audiovisual la facultad de suscribir los convenios y/o adendas necesarios para la instrumentación de lo dispuesto en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 4º.- Determinar que la presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ralph Douglas Haiek
Resolución 1457/2019
RESOL-2019-1457-APN-INCAA#MECCYT
Ciudad de Buenos Aires, 25/09/2019
VISTO el EX-2019-84526645-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, los Decretos N° 1346 del 30 de diciembre de 2016 y N° 951 de fecha 22 de noviembre de 2017 y las Resoluciones INCAA Nº439 del 28 de febrero de 2014, N° 1 de fecha 2 de enero de 2017, N° 65 de fecha 12 de enero de 2017, Nº888 del 12 de septiembre de 2017, N° 1102-E de fecha 17 de julio de 2018 y Nº1140-E de fecha 27 de julio de 2018, y;
CONSIDERANDO:
Que entre las atribuciones del Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES previstas en la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la de fomentar el desarrollo de la cinematografía argentina en sus aspectos culturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales, pudiendo a tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becas de estudio e investigación y emplear todo otro medio necesario para el logro de ese fin.
Que, en atención a ello, la Resolución INCAA N° 1/2017, basada en el Decreto 1346/2016, estableció un Régimen General de Fomento en el que se distinguen TRES (3) modalidades de producción: Producciones destinadas a Audiencia Media, Producciones destinadas a Audiencia Masiva y Producciones con Asignación de Subsidios por Convocatoria Previa.
Que mediante Resolución INCAA N° 65/2017 se establecieron convocatorias federales.
Que por Resolución INCAA N° 1102-E/2018 se llamó a “LARGOMETRAJE POR CONVOCATORIA NACIONAL Y REGIONAL” y “OPERA PRIMA NACIONAL Y REGIONAL”.
Que por Resolución INCAA Nº 1140-E/2018 se llamó a las convocatorias de “DESARROLLO DE GUIÓN” y “CORTOMETRAJE DE ANIMACIÓN”.
Que según lo establecido mediante Resolución INCAA Nº 439/2014 y sus modificatorias, el productor presentante queda facultado a actualizar por única vez el presupuesto económico del proyecto, en un plazo máximo de TREINTA (30) días hábiles a contar desde el comienzo del rodaje en el caso de películas de ficción.
Que las citadas Convocatorias no contemplaban la posibilidad de actualizar los premios concedidos.
Que en virtud de lo expresado y con el fin de garantizar el apoyo a los proyectos ganadores de las convocatorias mencionadas previamente, resulta pertinente permitir realizar una actualización de presupuesto adicional a la prevista en la Resolución INCAA Nº 439/2014 y sus modificatorias, previa al inicio del rodaje, en función de la necesidad de aumentar el monto de los premios establecidos en la Resolución 1140-E/2018.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde permitir a los ganadores de las convocatorias mencionadas actualizar el premio otorgado hasta un VEINTICUATRO POR CIENTO (24%).
Que, a los efectos de una mayor celeridad en la implementación de la medida, se considera conveniente delegar en la Gerencia de Fortalecimiento de la Industria Audiovisual la suscripción de los instrumentos correspondientes.
Que la Subgerencia de Fomento a la Producción Audiovisual y la Subgerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.
Que la presente Resolución se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536/2002 y N° 324/2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aumentar el tope de los Premios de las convocatorias mencionadas en la presente resolucion en un VEINTICUATRO POR CIENTO (24%), quedando establecidos de la siguiente manera:
· LARGOMETRAJE POR CONVOCATORIA NACIONAL Y REGIONAL 2018: el CIEN POR CIENTO (100%) del presupuesto de producción del proyecto con un máximo de PESOS DOCE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL ($12.152.000.-).
· OPERA PRIMA NACIONAL Y REGIONAL 2018: el CIEN POR CIENTO (100%) del presupuesto de producción del proyecto con un máximo de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL ($9.920.000.-).
· CORTOMETRAJE DE ANIMACION NACIONAL Y REGIONAL 2018: el CIEN POR CIENTO (100%) del presupuesto de producción del proyecto con un máximo de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS DOCE MIL ($1.612.000.-).
· DESARROLLO DE PROYECTO DE GUIONES: PESOS DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS ($229.400.-).
ARTÍCULO 2°.- Autorizar a los ganadores de las convocatorias LARGOMETRAJE NACIONAL Y REGIONAL 2018 según Resolución Nº849-E/2019, OPERA PRIMA NACIONAL Y REGIONAL 2018 según Resolución Nº789-E/2019 y CORTOMETRAJE DE ANIMACION NACIONAL Y REGIONAL 2018 según Resolución Nº773-E/2019, una actualización de presupuesto previa al inicio de rodaje, adicional a la establecida en Resolución INCAA Nº 439/2014 y sus modificatorias, todos los casos se deberán justificar las variaciones que se realicen respecto del presupuesto original.
ARTÍCULO 3º.- Delegar en la Gerencia de Fortalecimiento de la Industria Audiovisual la facultad de suscribir los convenios y/o adendas necesarios para la instrumentación de lo dispuesto en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 4º.- Determinar que la presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ralph Douglas Haiek
e. 27/09/2019 N° 73464/19 v. 27/09/2019