INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
Resolución 145/2016
Buenos Aires, 11/11/2016
VISTO el Expediente 114/2016/INAMU, la Ley N° 26.801, la Resolución N° 08/15/INAMU, la Resolución N° 133/16/INAMU, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26.801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA.
Que mediante la Resolución N° 114/2016/INAMU, el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA llamó a la “CONVOCATORIA: SUBSIDIOS REGIONALES. AÑO 2016”, a aquellos músicos nacionales registrados de las regiones NEA, NOA, CENTRO, METROPOLITANA, NUEVO CUYO y PATAGÓNICA, que acrediten 2 (dos) años de trayectoria en la actividad musical, que cuenten con un proyecto artístico musical, a los fines del otorgamiento de los subsidios regionales.
Que mediante la Resolución N° 115/2016/INAMU, el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA llamó a la “CONVOCATORIA - DISCOS TERMINADOS - 2016” en las sedes NEA, NOA, CENTRO, METROPOLITANA, NUEVO CUYO y PATAGÓNICA, a aquellos músicos nacionales independientes debidamente registrados ante el INAMU, con antecedentes o sin antecedentes, que cuenten con proyectos cuyo disco o el master del proyecto discográfico se encuentre finalizado.
Que mediante la Resolución N° 133/2016/INAMU, se invitó a las asociaciones de músicos y a los sindicatos de músicos otorgándoles un plazo de 10 (DIEZ) días de corridos para cumplir con lo dispuesto en dicha resolución.
Que el Directorio estima pertinente conceder una prórroga de 10 (DIEZ) días corridos a los fines de que las asociaciones de músicos y los sindicatos de músicos puedan cumplimentar con la documentación requerida
Que la Dirección General de Asuntos Técnicos Legales ha tomado intervención en el marco de sus competencias.
Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 26.801.
Que corresponde dictar Resolución al respecto.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Prorrogase por el termino de 10 (diez) días corridos, el plazo previsto en el artículo 1° de la resolución 133/16/INAMU, por medio de la cual se invitó a las asociaciones de músicos y los sindicatos de músicos a efectuar la propuesta de candidatos para integrar el Consejo Regional.
ARTÍCULO 2° — Se deja expresa constancia que las entidades que propongan miembros para integrar los Consejos Regionales, deberán adjuntar al momento de efectuar la propuesta:
1) Fotocopia del Estatuto y sus modificaciones, debidamente inscripto en la Inspección General de Justicia o en el Registro provincial que corresponda, firmada por la máxima autoridad en todas sus hojas. En el caso de los Sindicatos, deberán adjuntar personería jurídica y gremial expedida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación. Para el caso de las cooperativas, deberán acompañar el certificado de vigencia de matrícula expedido por el I.N.A.E.S.
2) Copia certificada de actas o Asambleas de donde surja la designación de sus autoridades y la distribución de sus cargos.
3) Constancia de inscripción ante la AFIP (CUIT).
4) Para el caso que el firmante no se trate del representante legal de la Sociedad, deberá adjuntarse un poder con mandato suficiente debidamente certificado.
ARTÍCULO 3° — Vencido el plazo establecido en el artículo 1° de la presente resolución, las entidades dispondrán de hasta 5 días de corridos, una vez finalizado el plazo de la prórroga, a los fines de cumplimentar la documentación solicitada en el artículo 2 bajo apercibimiento de tener por decaída la propuesta.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DIEGO BORIS MACCIOCCO, Presidente, Instituto Nacional de la Música. — CELSA MEL GOWLAND, Vicepresidente, Instituto Nacional de la Música.
e. 16/11/2016 N° 87031/16 v. 16/11/2016