Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS


MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Resolución 145/2009

Cronograma de elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto de la Administración Nacional para el año 2010 y el Presupuesto Plurianual 2010-2012.

Bs. As., 27/3/2009

VISTO las Leyes Nros. 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, 25.152 del Régimen de Solvencia Fiscal, 25.917 de creación del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, los Decretos Nros. 1731 del 7 de diciembre de 2004 y 1344 del 4 de octubre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 26 de la Ley Nº 24.156 dispone la presentación del Proyecto de Ley de Presupuesto a la HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION antes del 15 de septiembre del año anterior al que regirá.

Que el inciso e) del Artículo 2º de la Ley Nº 25.152 establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL elaborará un presupuesto plurianual de al menos TRES (3) años, sujeto a lo establecido en el Artículo 6º de la citada ley.

Que en el actual contexto el comportamiento de la economía requiere la administración prudente de las cuentas fiscales.

Que, en ese sentido, la política económica en curso del Gobierno Nacional precisa ser acompañada de una programación fiscal de mediano plazo ponderada debidamente con la suficiente antelación.

Que es intención del ESTADO NACIONAL profundizar las técnicas de programación dando continuidad al PROCESO PRESUPUESTARIO PLURIANUAL implementado en ejercicios anteriores, a fin de actualizar las proyecciones de mediano plazo para el análisis y la evaluación de los programas presupuestarios en el período 2010-2012.

Que la Ley Nº 25.917, reglamentada por el Decreto Nº 1731 del 7 de diciembre de 2004, crea el Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal.

Que en cumplimiento del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal el cronograma de formulación del Presupuesto Nacional 2010 y Plurianual 2010-2012 contiene actividades que permiten la elaboración y exposición de la información relativa al Presupuesto Nacional.

Que la integralidad del enfoque macroeconómico y fiscal requiere la participación de un conjunto de actores en el proceso presupuestario.

Que es necesario programar detalladamente las actividades para hacer efectiva esa participación y elaborar en tiempo y forma el PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el año 2010 y el PRESUPUESTO PLURIANUAL 2010-2012.

Que es necesario establecer las fechas de inicio y finalización de las actividades relevantes en el proceso de formulación presupuestaria.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 24 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional reglamentado por el Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Fíjase el cronograma de elaboración del PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el año 2010 y el PRESUPUESTO PLURIANUAL 2010-2012, Anexo al presente artículo.

Art. 2º — Delégase en la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la organización del trabajo para la elaboración del PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el año 2010 y el PRESUPUESTO PLURIANUAL 2010-2012.

Art. 3º — Constitúyese el GRUPO DE APOYO PARA LA ELABORACION DEL PRESUPUESTO (GAEP), integrado por los funcionarios que se detallan en el Anexo al presente artículo y coordinado por el señor Subsecretario de Presupuesto de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Los funcionarios que se detallan en el Anexo al presente artículo serán responsables de la realización de las actividades y del cumplimiento de las tareas encomendadas en las fechas establecidas en el cronograma del Anexo al Artículo 1º de la presente resolución.

Art. 4º — A los efectos de precisar la colaboración de los funcionarios integrantes del GRUPO DE APOYO PARA LA ELABORACION DEL PRESUPUESTO (GAEP), se describen en el Anexo al presente artículo las actividades que corresponde llevar a cabo para la formulación del PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el año 2010 y el PRESUPUESTO PLURIANUAL 2010-2012, de acuerdo al cronograma Anexo al Artículo 1º de la presente resolución.

Art. 5º — La SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS invitará a la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL de la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) a colaborar con las tareas de formulación del PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el año 2010 y el PRESUPUESTO PLURIANUAL 2010-2012.

En caso de resultar necesario, la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS podrá requerir la colaboración de funcionarios de otras reparticiones, no mencionados en el Anexo al Artículo 3º de la presente resolución, y podrá adecuar el cronograma a la marcha de los trabajos garantizando su finalización oportuna.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos R. Fernández.

ANEXO AL ARTICULO 1º

CRONOGRAMA DE ELABORACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL 2010-2012

ANEXO AL ARTICULO 3º

CONSTITUCION DEL GRUPO DE APOYO PARA LA ELABORACION DEL PRESUPUESTO

- Subsecretario de Presupuesto

- Subsecretario de Ingresos Públicos

- Subsecretaria de Relaciones con Provincias

- Subsecretario de Financiamiento

- Subsecretario de Programación Económica

- Subsecretario de Coordinación Económica

- Director de la Oficina Nacional de Presupuesto

- Director Nacional de Ocupación y Salarios del Sector Público

- Director Nacional de Investigaciones y Análisis Fiscal

- Director Nacional de Coordinación Fiscal con las Provincias

- Director de la Oficina Nacional de Crédito Público

- Director Nacional de Programación Macroeconómica

- Director Nacional de Inversión Pública

- Director Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito

- Directora de Políticas, Normas e Ingresos Presupuestarios de la Oficina Nacional de Presupuesto

El señor Subsecretario de Presupuesto delegará la coordinación administrativa de las tareas en una Secretaría Ejecutiva a cargo de la señora Directora de Políticas, Normas e Ingresos Presupuestarios de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.

Los representantes de las oficinas involucradas en las tareas operativas deberán tener nivel no inferior a Director.

ANEXO AL ARTICULO 4º

GRUPO DE APOYO PARA LA ELABORACION DEL PRESUPUESTO (GAEP) 2010-2012

I. ACTIVIDADES A DESARROLLAR

El GAEP, constituido por los funcionarios que se detallan en el Anexo al Artículo 3º de la presente resolución, tiene entre sus principales funciones apoyar la tarea de elaboración presupuestaria, proporcionando los lineamientos de política fiscal que orientarán la definición de políticas presupuestarias generales.

En este sentido, el Grupo debe suministrar la información necesaria para la elaboración de los techos presupuestarios correspondientes al trienio 2010-2012 y proporcionar el escenario macroeconómico y los lineamientos básicos de política fiscal que serán la base para la confección del Proyecto de Ley de Presupuesto 2010 y del Presupuesto Plurianual 2010-2012.

Asimismo, cada integrante del GAEP redactará para el Informe de Avance al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION (actividad 18) y el Mensaje del Presupuesto (actividades 23 y 24) el texto correspondiente al tema del cual es competente y los remitirá a la Dirección de Políticas, Normas e Ingresos Presupuestarios de la Oficina Nacional de Presupuesto, que oficia de Secretaría Ejecutiva a fin de proceder a la elaboración definitiva de ambos documentos.

El GAEP contribuye a la definición de las orientaciones, prioridades, normas y procedimientos los que deben ajustarse las distintas Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional para elaborar sus respectivos anteproyectos.

II. DETALLE DE LAS ACTIVIDADES

1) SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

Oficina Nacional de Presupuesto

▪ Coordinar, a través de la Dirección de Políticas, Normas e Ingresos Presupuestarios, las actividades de los funcionarios del GAEP detallados en el Anexo al Artículo 3º de la presente resolución, en aras del cumplimiento del Cronograma para la Formulación del Presupuesto 2010-2012 previsto en el Anexo al Artículo 1º de la presente resolución.

▪ Sistematizar el cálculo de recursos tributarios y de la seguridad social que se proyecta ejecutar para el año 2009 y las estimaciones para el trienio siguiente 2010-2012, en relación con la asignación que corresponde a las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional de acuerdo a la normativa vigente.

▪ Proyectar los recursos de la Administración Nacional de carácter no tributario para el año 2009 y para el trienio siguiente 2010-2012 y contrastar con las proyecciones propias de las Jurisdicciones y Entidades.

▪ Proyectar la ejecución del gasto presupuestado para el año 2009 e identificar los problemas suscitados que tendrán impacto presupuestario en el año 2010 y que requieran definiciones de política presupuestaria.

▪ Informar y capacitar a las Jurisdicciones y Entidades en los aspectos relevantes de la elaboración del presupuesto para el trienio 2010-2012, especialmente en lo que se refiere a las innovaciones tecnológicas en relación con el sistema de información y en general a las técnicas de presupuestación y al presupuesto plurianual.

▪ Proporcionar a las Jurisdicciones y Entidades las estimaciones correspondientes a los gastos en personal para el período 2010-2012, mediante la utilización del Sistema PROA o SIRHU.

▪ Sistematizar la información relativa a la política presupuestarla general, formulada a instancias del GAEP, la referida a las políticas sectoriales, como así también la información de recursos no estimados por la DNIAF, proporcionada por las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional.

▪ Analizar y procesar las políticas presupuestarias institucionales formuladas por las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional.

▪ Revisar las estructuras programáticas e indicadores en coordinación con las distintas unidades ejecutoras de los programas.

▪ Continuar con la implementación del presupuesto por programas orientado a la obtención de resultados y la elaboración de indicadores de la gestión.

▪ Relevar, analizar y sistematizar los presupuestos de las empresas públicas, sociedades del Estado Nacional, fondos fiduciarios y otros entes para la elaboración del consolidado plurianual 2010-2012 del Sector Público Nacional no Financiero y su inclusión en el Mensaje de elevación del Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional.

▪ Preparar y presentar a las máximas autoridades jurisdiccionales, los techos presupuestarios tanto para el año 2010 como para el bienio 2011-2012.

▪ Analizar los anteproyectos elaborados por las Jurisdicciones y Entidades para el año 2010 y para el bienio 2011-2012 y presentar a la Subsecretaría de Presupuesto las recomendaciones técnicas correspondientes.

▪ Preparar la información referida al marco macrofiscal, en cumplimiento del Artículo 2º de la Ley Nº 25.917 y su reglamentación, para su remisión al Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal.

▪ Elaborar e Documento Presupuestario definitivo para el año 2010.

▪ Elaborar el Documento del Presupuesto Plurianual 2010-2012.

▪ Realizar todas las tareas de preparación del presupuesto inherentes a su condición de órgano rector del sistema presupuestario del Sector Público Nacional.

Dirección Nacional de Ocupación y Salarios del Sector Público

▪ Formular los lineamientos generales que en materia de política salarial y ocupacional se prevé implementar en el Sector Público Nacional en el próximo trienio.

▪ Proporcionar información de ocupación de la Administración Nacional a la fecha de corte que oportunamente se determine.

▪ Actualizar los valores unitarios salariales.

▪ Informar acerca de los problemas pendientes en materia de escalafones, reclamos, etcétera, que puedan impactar en el presupuesto.

▪ Asesorar en la utilización del Sistema de Base de Datos de Personal PROA y SIRHU.

2) SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS

Dirección Nacional de Investigaciones y Análisis Fiscal

▪ Proporcionar las políticas que en materia de recursos impositivos elabore la Subsecretaría de Ingresos Públicos, que tendrán vigencia en el año 2010 y su impacto para el período 2011-2012.

▪ Proporcionar el cálculo de recursos tributarios en forma desagregada por tipo de impuesto correspondiente a 2009 y al trienio 2010-2012.

▪ Estimar los ingresos provisionales en materia de aportes patronales y personales correspondientes a 2009 y al trienio 2010-2012.

▪ Estimar los gastos tributarios para los años 2009 y 2010 y elaborar el correspondiente informe a los fines de su inclusión en el Mensaje de remisión del Proyecto de Ley de Presupuesto.

3) SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS

Dirección Nacional de Coordinación Fiscal con las Provincias

▪ Formular los requerimientos presupuestarios por compromisos asumidos, o a asumir, por el Gobierno Nacional con las Provincias.

▪ Proporcionar los lineamientos de la política presupuestaria del sector provincial y municipal para el trienio 2010-2012 y, en particular, lo atinente a la coordinación fiscal entre los distintos niveles jurisdiccionales de gobierno.

▪ Informar acerca de las normas legales proyectadas sobre la relación Nación-Provincias.

▪ Proporcionar información relativa a la ejecución de los presupuestos provinciales y municipales consolidados para el 2008 y la proyección de la ejecución para el 2009.

▪ Estimar la cuenta ahorro-inversión-financiamiento del consolidado provincial y municipal para el año 2010 y para el bienio 2011-2012.

▪ Informar los límites de endeudamiento para las provincias y CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y la distribución de los recursos de origen nacional por Régimen y por provincia y CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en los términos previstos por la Ley Nº 25.917 de creación del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y su reglamentación.

▪ Estimar la recuperación de préstamos a las provincias derivados del Programa de Asistencia Financiera (PAF) para su inclusión en el programa financiero 2010-2012 que elabora la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO.

▪ En lo que corresponda, coordinar las tareas de difusión de las actividades del GAEP en las jurisdicciones provinciales.

4) SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO

Oficina Nacional de Crédito Público

▪ Elaborar el programa de financiamiento correspondiente al período 2010-2012.

▪ Proporcionar los lineamientos de la política de financiamiento interno y externo y del servicio de la deuda pública (intereses y amortizaciones), en particular para el año 2010 y el mediano plazo.

▪ Estimar los desembolsos a obtener por el Sector Público Nacional en los mercados locales, internacionales y de organismos oficiales de otros países, para el año 2009 y la proyección anual del período 2010-2012, desagregando Jurisdicción, tipo de deuda, monto máximo autorizado, plazos de gracia, tipos de interés, modalidad de amortización y destino del financiamiento.

▪ Realizar proyecciones de la ejecución (calculando el impacto de la deuda nueva del ejercicio), del servicio de la deuda interna y externa, en concepto de intereses y amortizaciones, comisiones y gastos para el Sector Público No Financiero, abierto por jurisdicción y tipo de deuda, para el año 2009 y la proyección anual del período 2010-2012.

▪ Proveer información actualizada del stock de la deuda pública interna y externa, incluyendo el perfil de los vencimientos, detallando concepto (intereses, amortizaciones, comisiones), tipo de acreedor y tasas de interés. Ello permitirá cumplir con los requerimientos de la Ley Nº 25.917 de creación del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y su reglamentación.

▪ Estimar el monto a otorgar, en los años 2009 y 2010, de avales, fianzas o garantías por la Administración Central a otros Entes del Sector Público y el beneficio de los mismos.

5) SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA

Dirección Nacional de Programación Macroeconómica

▪ Explicar el contexto macroeconómico y proporcionar los lineamientos de política para el año 2010 el mediano plazo.

▪ Proyectar las principales variables económicas, incluyendo la actualización para el año 2009, a ser utilizadas en la elaboración del Presupuesto Plurianual 2010-2012: PIB, precios implícitos, precios al consumidor, precios mayoristas, tipo de cambio, tasa de interés doméstica e internacional, balanza comercial y balance de pagos. La proyección deberá mostrar el Producto Interno Bruto en valores corrientes y constantes, a precios de mercado, desagregando las proyecciones de: consumo, inversión, exportaciones e importaciones y las variaciones previstas en dichos agregados para el ejercicio presupuestado, tanto en términos nominales como reales, respecto del ejercicio vigente. La evolución de la cuenta comercial deberá contener las previsiones de exportaciones (FOB) y de importaciones (CIF), expresadas en Dólares Estadounidenses. En el caso particular del total de exportaciones (FOB), es necesario informar los montos proyectados en forma desagregada por principales productos agrícolas y combustibles del Nomenclador Común del MERCOSUR para los cuales se aplican derechos de exportación sustantivos a los fines del cálculo de recursos tributarios.

▪ Proyectar para el período trienal 2010-2012 las variables económicas que adicionalmente son requeridas en el marco macrofiscal definido en la Ley Nº 25.917 de creación del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y su reglamentación: la variación porcentual esperada, promedio y punta a punta, de los precios implícitos de cada una de las variables macroeconómicas mencionadas en el punto anterior y de los precios al consumidor y mayoristas; y el tipo de cambio nominal del Peso con relación al dólar Estadounidense y a las monedas de los países con los que principalmente se vincula el país en el comercio internacional y de los títulos representativos del endeudamiento asumido.

▪ Explicar el comportamiento de las variables macroeconómicas para el mediano plazo en relación con las estimaciones mencionadas en los puntos precedentes.

6) SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA

Dirección Nacional de Inversión Pública

▪ Proporcionar los lineamientos básicos de política en materia de inversión pública y la incidencia de la misma para el período 2010-2012.

▪ Presentar la demanda de inversión para el trienio 2010-2012 desagregada por proyecto y actividad, según el caso, priorizando la misma de acuerdo a los criterios técnicos previstos en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (Ley Nº 24.354 y su reglamentación), y acorde con las restricciones financieras.

▪ Cuantificar los requerimientos financieros de los proyectos, así como el financiamiento externo de los mismos y los regímenes de contrapartida financiera por parte del Tesoro Nacional, discriminando el gasto que demandarán los proyectos en ejecución del que requerirán los proyectos nuevos.

7) Dirección Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito

▪ Proporcionar los lineamientos básicos de política presupuestaria relacionada con los préstamos de organismos internacionales de crédito y la incidencia de la misma para el período 2010-2012.

▪ Programar los gastos a financiar con préstamos de los organismos internacionales de crédito (BID, BIRF, CAF, FONPLATA, etc.) estimados para el 2009 y proyectados para el período 2010-2012, incluyendo los proyectos en ejecución, preparación, donaciones y adelantos para la preparación de proyectos (PPF), desagregando número y entidad cedente del préstamo, denominación del proyecto o programa, los organismos responsables de ejecutar los mismos y el monto de las contrapartidas.

▪ Programar los gastos con financiamiento externo bilateral estimados para el 2009 y proyectadas para el período 2010-2012.

▪ Proporcionar información actualizada sobre la ejecución y los desvíos observados en la realización de los proyectos con fondos de organismos internacionales y financiamiento externo bilateral respecto de lo programado.

III. MECANISMO DE FUNCIONAMIENTO DEL GAEP

En una primera fase de trabajo se contempla la realización de una reunión plenaria para acordar las funciones y los mecanismos de funcionamiento del grupo y luego se efectuarían reuniones que involucrarían a los miembros responsables del tema a tratar.

Está prevista la invitación de funcionarios de la Administración Nacional que aun cuando no integran formalmente el GAEP se justifique solicitarles colaboración.

La SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO informará sobre la marcha general del proceso de presupuestación correspondiente al Ejercicio 2010 y transmitirá los nuevos requerimientos en la medida que surjan las necesidades.

La coordinación general del GAEP es responsabilidad del señor Subsecretario de Presupuesto. El coordinador contará con la asistencia de una Secretaría Ejecutiva a cargo de la Dirección de Políticas, Normas e Ingresos Presupuestarios de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, que será la responsable de recibir la información producida por el grupo y entender en la coordinación de todas las tareas de índole operativa.

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