TRABAJO AGRARIO
TAREAS DE RECOLECCION Y COSECHA DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
01-Sep-2021
Resumen:
FIJANSE LAS REMUNERACIONES MINIMAS PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA COMO CONDUCTOR TRACTORISTA, MAQUINISTA DE MAQUINAS COSECHADORAS Y AGRICOLAS QUE SE DESEMPEÑEN EXCLUSIVAMENTE EN LAS TAREAS DE RECOLECCION Y COSECHA DE GRANOS Y OLEAGINOSAS, CON VIGENCIA DESDE EL 1° DE AGOSTO DE 2021, EL 1º DE OCTUBRE DE 2021 Y EL 1º DE ABRIL DE 2022, HASTA EL 31 DE JULIO DE 2022, EN EL AMBITO DE TODO EL PAIS, CONFORME SE CONSIGNA EN LOS ANEXOS I, II Y III QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCION.